Tengo un piso al que hace más de 14 años acordé con la madre de mi ex que ella lo construyera (tabiques, suelo, cocina y aseos), porque era un salón en bruto ya edificado por mi antes de mi matrimonio.
Le hice un papel privado en el cual decía que no la iba a molestar mientras viviera a cambio de la inversión que hizo (2.500.000 Ptas), pero no aparece la palabra usufructo en dicho documento.
Durante esos 14 años, ella no ha pagado luz, ni agua, ni contribución, porque se suministraba de la vivienda familiar y mucho menos aún alquiler.
La madre de mi ex, se ha marchado a vivir a otra vivienda de su propiedad de otra ciudad, ha trasladado todo su mobiliario y el piso está deshabitado, pero no me entrega las llaves. Dice que hasta que no le pague yo el dinero, no me entrega las llaves.
Es una manera de chantajearme.
Puedo recuperar ese piso? y qué tengo que hacer?
muchasgracias por vuestra ayuda.
Josee, mi Ex-suegra hizo la Distribución de un piso que ya estaba construido al venirse a vivir con nosotros. A cambio de esta inversión, yo firmé un papel en el que no la molestaría núnca mientras viviera. El piso está justo en la parte superior de la vivienda que fué la residencia familiar. Durante 14 años, mi ex-suegra no hapagado ni luz, ni agua, ni contribución y por supuesto menos aún arrendamiento.
Ella se ha trasladado a vivir a otra ciudad y el piso está cerrado, se ha llevado todos los muebles y electrodomésticos, pero no entrega las llaves porque quiere recuperar la inversión que hizo en su día.
Este piso forma parte de un patrimonio privativo mio y su hijo no tiene absolutamente nada, puesto que yo lo aporté al matrimonio.
Me gustaría recuperar este piso no por fastidiarla, sino porque al no usarlo desde hace dos años, puede deteriorarse y al mismo tiempo me daría posibilidades de arrendarlo y obtener unos ingresos que meayudarían bastante.
Pero no se cómo hacerlo... Ella quiere dinero y yo me pregunto: ¿y los 14 años que vivió en el sin pagar absolutamente nada?
Porfavor, si alguien puede ayudarme, se lo agradeceré...
Yo creo que se trata de un arrendamiento en precario y por lo tanto si se demuestra que ella no utiliza tu casa como primera vivienda la puedes desahuciar por precario
Mi ex-suegra vive en otra ciudad y no hace uso de dicha vivienda para nada, pero no se cómo iniciar los trámites de deshaucio en precario.
alguien puede ayudarme?
Gracias
Debes intentar recabar copia de los consumos de agua y electricidad de los ultimos meses, para poder demostrar que no hay consumos.
Debes encargarle a un notario que haga varias veces "acta de presencia" (a lo largo de tres meses), que demuestre que no esta en la vivienda.
Todo eso sera necesario como documentacion a aportar en el juicio por deshaucio.
Y no vale un certificado negativo de residencia y testigos que manifieste que no vive en la vivienda?
La vivienda es un piso que se suministra de agua y electricidad de la planta de abajo, aunque tiene una salida independiente.
No tengo copia del papel que firmé en su día.
Cómo puedo denunciar?
Gracias por vuestra ayuda
A la demanda de deshaucio por precario deberas acompañar tu titulo de propiedad y sobre todo es importante que demuestres que el piso está abandonado, mediante todos los medios de prueba, por ejemplo un informe de un profesional de la arquitetura o sector inmobiliario que diga que el aspecto es de abandono. Demostrar el abandono es importante a efectos de que por abandono se pierde la posesión. En todo caso aunque no haya abandono tienes derecho a recuperar la posesión, pero la Señora que vivía, como hizo gastos en principio tendría dercho a reclamarlos por haber poseido de buena fe. Pero la cuestión respecto a la posible reclamación de gastos es, cuando se efectuaron esos gastos porque la reclamación podría prescribir a los 15 años. En todo caso tu demanda de deshaucio en precario es independiente de lo que te pueda reclamar. O sea, en el juicio de deshaucio no podrá oponer la deuda, debería reclamarla independientemente en otro juicio, en el cual se podría discutir la cuantía incluso la legitimidad de esas obras su necesidad o suntuosidad e innecesariedad, gastos de puro lujo y recreo la eventual prescripción de la reclamación, la posiblible interversión de del concepto posesorio de buena fe en mala fe con perjuicio para la cosa por abandono de la misma, etc...
Muchas gracias a todas las respuestas recibidas.
El demostrar el abandono interno del piso en cuestión es un poco difícil. Puedo demostrar que no tiene suministro de luz, ni agua, demostrar que no vive, que no figura empadronada, etc.
Me han sugerido alguien que haga un requerimiento notarial para que me entregue las llaves como paso previo a la demanda por deshaucio, aunque ella no está obligada a contestar.
Ella hizo el reparto de un salón en la parte superior y creo recordar, según pone en el papel que le firmé, que fué de 2.500.000 Ptas. aproximadamente hace 15 años.
Durante ese periodo de tiempo no ha abonado ni luz, ni agua ni alquiler y ahora pretende recuperar lo que ha invertido. Ella se ha marchado por su propia voluntad y no viene ni siquiera a darle una vuelta al piso.
Algún consejo?
Os estáis yendo por donde no es, es un usufructo en toda regla, da igual que en el contrato no lo ponga, ya que debemos atenernos al aspecto jurídico del negocio jurídico.
La clave es lo que ponga el contrato, si pone lo que tú dices "Le hice un papel privado en el cual decía que no la iba a molestar mientras viviera a cambio de la inversión que hizo " estás dando a entender que mientras viva ELLA no le molestarás, por tanto es un usufructo, si pusiera que "no la iba a molestar mientras viviera en el piso" la cosa es diferente.
Estoy de acuerdo con Andre3000, en que la clave del asunto está en lo que ponga en el papel, pero más que un usufructo a mí me parece:
O bien una cesión en precario o comodato o tambien pudiera ser un derecho de habitación, por el que se paga con obras, en este segundo caso, Derecho de habitación habrá que ver la intención de las partes y sí el mismo se condiciona al tiempo en que efectivamente la habitacionista viva en el piso o sí es de caracter vitalicio.
Pero en todo caso en estos casos a veces lo más resolutivo es poner ya el deshaucio en precario y a ver que pasa. Si te alegan usufructo lo combates diciendo que no lo es porque no lo dice el papel y en cuanto al derecho de habitación que se ha extingúido por voluntad de la habitacionista al abandonar el piso e instalarse en otro lugar ya que el mismo se otorgó con la condición de que habitara efectivamente el piso.
Sí el dinero invertido en obras sirvió para comprar el derecho de habitación, ahora la habitacionista no lo podrá reclamar y su derecho dependerá de la voluntad real de duración del contrato. Normalmente los derechos de habitación se presumen vitalicios salvo voluntad distinta de las partes. En este caso dependiendo del papel podría ser un derecho de habitación condicionado a la efectiva habitación del lugar.
Sí se considera que no hay derecho de habitación, entonces sería una precaria.
Pero yo en todo caso pondría un deshaucio por precario sin decir nada del papel firmado, para provocar un cambio de las cosas.
Por otro lado no hay que olvidar que el papel firmado solo vincula a los firmantes ,y que sí hay más dueños del piso entonces la cosa podría cambiar.
En caso de que tenga que indemnizar, que cantidad entraría dentro de una lógica y justa?
Ella me chantajea a que le pague el dinero que invirtió y me entrega las llaves.
Gracias