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usufructo y arrendamiento en comunidad de bienes

2 Comentarios
 
07/03/2013 16:16
OK, gracias.
perfil Jan
05/03/2013 11:51
Hola manuelvr.

1. No

2. Se precisa mayoría simple de cuota de participación( 51 %) siempre que el plazo inicial del arrendamiento no sea superior a 6 años.

3. No, puesto que el derecho de uso lo ostenta la madre.

4. Sí, puesto que tiene derecho de uso sobre una parte del local.

Reciba un cordial saludo.

http://letradosalquileres.es.tl/




3.
Usufructo y arrendamiento en comunidad de bienes
28/02/2013 17:17
3 personas son copropietarias de un local a partes iguales. Una de ellas constituye derecho de usufructo sobre su cuota a favor de su madre. ¿Puede oponerse alguno de los otros dos?
Posteriormente, piensan en arrendar el local. Uno de ellos se opone. ¿Es necesaria la unanimidad o la mayoría para ello? ¿Si hay una usufructuaria (la madre) se debe contar necesariamente con el voto del hijo propietario de esa parte?¿y con el de la madre? gracias.