Vaya al notario con su madre y que le ceda ese usufructo en escritura pública, que si se lo quiso dar entiendo que no habrá problema, y tendrá el carácter legal que no tiene ese documento sin fecha, firma reconocible, y más que probablemente nulo.
Con eso y con la herencia de sus abuelos (si ya la hizo, si no también que la haga su madre también en el notario), al Registro de la Propiedad, y ahí lo inscriben como toca, el usufructo para usted, la nuda propiedad de su madre.
No puede haber un usufructo sobre un inmueble en un contrato privado, porque al ser gratuito es una donación y sigue la suerte de las donaciones de bienes inmuebles: han de constar en escritura pública. Es decir, que el documento privado que tiene usted es nulo. No explica usted por qué su madre no ha hecho el trámite de herencia de esas propiedades, pero puede hacerlo todo en el mismo acto: aceptación de herencia y constitución de usufructo en su favor. En cuanto a su hermana, se le sugiere que primero afiance su propia posición (la de usted) y después ya se verá. Pregunte en las empresas suministradoras qué clase de documento necesita para poner los suministros a su nombre.
Tengo una duda.
Mi abogada cuando vivía en Asturias me redactó un documento privado de usufructo a mí favor sobre un piso y una cochera que mi madre heredó de sus padres.
En el Registro están a nombre de mis abuelos fallecidos.
Son propiedad de mi madre.
Mi madre me lo firmó aunque la firma no se parece a la de su DNI.
Quedó por poner la fecha en el documento, el resto está "completo".
No está inscrito en el Registro de la propiedad el usufructo al estar a nombre de mis abuelos fallecidos.
Ahora que tengo posibilidad pienso que lo mejor sería ir pagando yo los gastos de agua, luz, gas y comunidad.
Cómo se haría para poner dichos gastos a mi nombre? Sería lo idóneo por el usufructo?
Tengo una hermana que vive en otra casa que también fué de mis abuelos y ahora es de mi madre.
Tiene plena validez este documento privado de usufructo que redactó mi abogada?
Algún consejo para que mi hermana no pueda tomar posesión de dicho piso en el futuro si mi madre falleciese?