Esa adjudicacion del uso y disfrute no es eterna, a mi entender, la misma tendra eficacia mientras bien los hijos sean menores de edad o hasta el momento en que sean economicamente independientes, llegado ese momento deberan los ex conyges liquidar ese bien de la sociedad de gananciales, caso de que su ex se niegue puede usted llegado el caso coger y solictar una modificacion de medidas en tanto sus hijos ya viven independientes y si su ex no accede el juez liquidara ese bien en comun posiblemenete vendiendo el mismo y repartiendoles el dinero a mitad, pero en cualquier caso ustedes pueden coger y disolver por su cuenta el inmueble como les plazca.
Tengo un convenio que dice que el uso y disfrute de la vivienda es para la madre y los hijos, y nada más. Entiendo que de esta forma ella se puede quedar con el uso de la vivienda para siempre, estén o no los niños en casa. Debo incluir que expresamente es para uso de ella mientras conviva con los niños? el abogado me dice que el uso se entiende que es mientras estén los niños en casa pero yo no lo tengo claro, a ver si dentro de varios años me dice ella que no se va. Le estoy dando el usufructo vitalicio de la vivienda?