Hola:
Para adquirir una propiedad por usucapion, como es el proceso?
A mi cliente le resta un año de posesión para hacer el plazo. Sería mejor hacer un expediente de dominio?
El problema es q la finca mide mucho más de lo que dice el registro de la propiedad.
Gracias
Si la prescripción adquisitiva es ordinaria, contra un título inscrito no vale el expediente de dominio. Aunque el art. 1949 del C.C. ha sido derogado jurisprudencialmente (al aplicar el 36 de la LH, que es el que de tu asunto) lo cierto es que el asunto se desdobla en dos partes: primero, el régimen de adquisición de los artículos 1930 s.s. CC, y segundo, lo que estás preguntando, la titulización de una situación de hecho. Tienes que vencer una inscripción con un dueño que ha de ser notificado por los medios generales de la ley. Es cierto que se usa el expediente de dominio cuando hay una pugna de dos derechos identificables entre dos titulares; pero se trata de algo sistemáticamente rechazado por los Registradores y por la DGRN, por lo que, aun teniendo sentencia, te quedas sin inscripción.
Por tanto, juicio declarativo ordinario. Tendrás que hilar fino para evaluar las pruebas de la posesión. Consulta el catastro.