En una comunidad de propietarios, hay un propietario que hizo obras y se incorporó a su oficina, un cuarto de baño que pertenece a usos comunes.
Cuanto tiempo tiene que transcurrir para que prescriba el derecho a reclamarle la indebida apropiación de dicho cuarto de baño?.
Saludos.
El vecino que incorporó el espacio comunitario a la vivienda que actuó de mala fe, la vendió a otra persona, pero los metros de la vivienda son superiores a los que constan en escritura y en el Registro de la Propiedad. ¿Que tipo de usucapión sería y cuantos años tienen que pasar desde que la compró la vivienda para que no prescriba el derecho a reclamar la indebida apropiación.?