No veo la usucapion por muchas razones. La posesion a titulo de dueño, el tiempo, el alquiler por parte del otro hermano...
Si la casa esta dividida en pisos quiza se podria hacer division horizontal. Si no es posible, division de cosa comun y reclamacion de lo abonado en beneficio de la comunidad hereditaria. Por supuesto, quien tiene alquilado el inmueble tambien debe aportar las rentas, que entiendos de la misma comunidad.
No soy profesional, pero.... para usucapion, hasta donde yo sé, sobre bienes inmuebles, son necesario al menos 30 años si la persona está presente... salvo que tenga justo título y un par de cosas más, que serían 20 años.
Si el hermano a arrendado el piso, por supuesto que entiendo es prescripción, pues ha ejercido su derecho real sobre la propiedad...
Hola compañeros estoy entre mis primeros casos y tengo dudas.
Mi cliente tiene en escritura la propiedad con sus dos hermanos una casa dividida en pisos.La cuestión es que él se ha hecho cargo de todos los gastos:IBI, reparaciones del edificio, consumos de luz de partes comunes desde 1992.Dichos gastos se han reclamado de forma no fehaciente a los hermanos y lo he han hecho caso alguno.Uno de ellos no a pasado por su piso desde 1992 y el otro exclusivamente alquilo de forma ilegal( sin consentimiento de las otras partes) y ha acudido al mismo solo a cobrar el alquiler a sus arrendatarios.
Me plantean la posibilidad de :Usucapion,reclamacion de division de cosa comun con las cantidades adeudadas que ascienden a 12.000 euros.
Yo me inclino por la usucapion, aunque el hecho de tener alquilado por parte de un hermano su piso,es un ejercicio de propiedad.
Que opinais.No quiero dar falsas esperanzas