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Usucapión extraordinaria sin ibi

4 Comentarios
 
14/05/2021 20:32
Grisolía
Muchas gracias, es lo que pensaba, pero si lo confirma un forero con su experiencia, miel sobre hojuelas.
14/05/2021 19:39
La usucapión no es algo que se consiga directamente mediante su inscripción en el Registro de la Propiedad, sino que proviene de la sentencia de un juez. El juez exigirá una serie de requisitos para reconocer la transmisión de la propiedad en favor de la persona que ha poseído, uno de los cuales es poseer en concepto de dueño, lo cual no es el caso puesto que los propietarios tienen su finca inscrita y realizan actos propios de esa condición, como el pago de impuestos. Por lo tanto, esa apropiación no triunfará, pues no es suficiente con okupar una finca para convertirse en el dueño.
14/05/2021 15:42
Grisolía
Gracias por responder, me refiero a si se puede.poseer el bien como dueño y de forma pública si el IBI lo están pagando los titulares registrales, que son los propietarios legales.
14/05/2021 08:12
El IBI no aparece en ninguna ley como agente de la usucapión extraordinaria, y no tiene nada que ver con ésta.
Usucapión extraordinaria sin ibi
13/05/2021 21:14
Muy buenas, ¿sería posible que se reconociera una usucapión extraordinaria de un inmueble sin que el poseedor pague el IBI.