mi caso es que he solicitado una baja laboral por riesgo en el embarazo ya que en mi trabajo estoy expuesta a una serie de contaminantes bastante perjudiciales para mi salud y la de mi futuro bebe.Despues de aportar toda la documentacion me pasan con la facultativa y me dice que mi embarazo al haber sido por fecundacion invitro no es suceptible de considerarse en situacion de riesgo durante el embarazo sino que es derivada de una situacion de incapacidad temporal.En ningun momento la seguridad social a considerado mi embarazo de riesgo de echo estoy de 16 semenas y hasta ahora he trabajado sin ningun problema ya que mi jefe nos buscaba trabajos sin riesgos los cuales ya no hay por lo que nos deriva a la mutua.
Estoy desesperada me siento totalmente discriminada ya que el mismo dia que solicite yo la baja fui con mi compañera tambien embaraza a la cual no la han puesto ningun problema.Y me pregunto ¿mi hijo es diferente al suyo por venir de una fecundacion?tiene menos riesgo de afectarle los contaminantes que ella?pues yo creo que no ya que independientemente de como lo haya concebido estoy embarazada como cualquier otra mujer.Ruego por favor que algien me asesore
Estimados compañeros, y usuarios del foro, a mi entender, y en línea de principio, se habría dado aquí una cesión de uso de las informaciones a incorporar en el foro (en el supuesto de que sus normas de participación así lo hubiesen previsto), dándome la impresión de que de existir serían similares a las que regulan nuestra participación en el presente foro de Pórtico Legal.com.
Dicho lo anterior. opinion igual que Daniel que el alias o sobrenombre sí es un datos de carácter personal, pues no olvidemos que la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) define el dato de carácter personal como CUALQUIER información concerniente a personas físicas identificadas o IDENTIFICABLES, ante lo cual, y dada la amplitud recogida por dicho precepto, sí tiene cabida en el presente caso la consíderación de dato de carácter personal en relación al alias mencionado.
A su vez, pues el tema objeto de análisis tiene su "miga", la misma LOPD exige que los datos recabados, han de ser, entre otras cosas, adecuados, pertinentes y no excesivos, todo ello en relación a los fines para los cuales hubiesen sido registrados, recabados, solicitados o aportados.
También dice la LOPD que los datos no se conservarán durante un tiempo superior al necesario para los fines con base en los cuales hubiesen sido recabados, de lo cual, de esto último, se infiere que no podrán estar en el foro a perpetuidad, sino durante el tiempo necesario en relación al fin pretendido, o séase, que cabría la posibilidad, estudiando el caso concreto, de que dejasen de ser últiles en relación al fin para el que inicialmente se recabaron ( por ejemplo, que sea un tema que ya no posea interés para los usuarios del foro, o haya perdido actualidad ), en cuyo caso sí habría derecho a permitirle ejercer el derecho de cancelación de dichos datos.
Por otro lado, no estaría de más que dicho usuario solicitase formalmente que se le permitiese su derecho de cancelación, a fin de ver si le responden, y ver qué alegan en su respuesta, observando en todo ello si cumplen o no los plazos contemplados en la normativa. Respondan o no, le quedará la vía de acudir la Agencia Española de Protección de Datos, solicitando la apertura de un expediente, a tal respecto, de los llamados de Tutela de Derechos, y esperar a ver qué decide la misma.
En mi opinión, y dado que habría un conflicto de derechos entre la legislación de propiedad intelectual (cesión de los derechos de reproducción de sus textos enviados al foro) y de protección de datos (ejercicio de su derecho de cancelación), y dado que esta última normativa, la de protección de datos, la que pretende tutelar un derecho fundamental (no la otra), podría interpretarse que salvo que se cree un perjuicio a los dueños o titulares del foro, habría que permitir la cancelación de dichos datos, máxime si los mismos hubiesen perdido ya actualidad o interés en relación a los fines para los que fueron aportados al foro.
Para terminar, no sería cuestión irrelevante el saber de qué tipo de datos de carácter personal estaríamos hablando. ¿Se trata de datos referentes a la salud o a la vida sexual, por ejemplo?. En tal caso estaríamos hablando de cuestiones más que delicadas, y de una tutela y requisitos exigibles aún mayores por parte de la LOPD, aunque ahondar en ello haría - si cabe - más larga aún la exposición del presente comentario.
Javier Hernández, abogado
Protección Legal.com
www.proteccionlegal.com
Los derechos de reproducción y de divulgación son derechos que reconoce la LPI y que en este caso se los apropia el foro a través del mecanismo de la cesión. El autor permanece siendo autor toda su vida, y responde de las opiniones expresadas, en casos de perjuicios a terceros, por ejemplo. Del mismo modo que responde de lo anterior, responde de su propia autoría. Si todo esto lo unes a la LOPD, porque se crea un conflicto de leyes si el contenido del foro entra dentro del ámbito de aplicación de la LOPD, seguramente prime el derecho fundamental de protección de datos ante los derechos de explotación del responsable del foro.
Riesgos existen siempre y deben de ser asumibles en relación al ámbito donde se encuentren y a la participación de los afectados, porque abusadores siempre los hay también. Cuando pagamos con la tarjeta existe siempre un riesgo si tiramos el ticket que nos dan y contiene todos los datos de la tarjeta, o cuando, por ejemplo, consentimos para un tratameinto de datos, nos arrepentimos y revocamos el consentimiento, revocación a la que todos tenemos derecho.
Posiblemente yo como abogado, en el ejercicio de mi profesión, no pueda ir al juzgado a plantear borrar mi firma de una demanda. Conozco la profesión, asumo los riesgos y decido firmar una demanda porque antes la he estudiado bien. No le ocurre lo mismo a nuestro amigo del foro que no ha podido prever todas las consecuencias. En este caso el consentimiento no existiría, primero porque el derecho fundamantal a la tutela judicial efectiva prima ante el derecho fundamental de protección de datos (no quiero decir que los abogados no deban inscribir sus ficheros ni cumplir con la LOPD, pero están exentos de ciertas cosas), y segundo porque mis datos son necesarios para realizar una demanda en la que por Ley se requiere asistencia de abogado.
Terminando, el usuario de un foro que utiliza un sobrenombre que permita identificarle o vierte un contenido que permite identificarle, tiene a disposición todas las garantías que le asisten en la LOPD. El cliente puede exigirme que borre las minutas pero yo no podré hacerlo si no han pasado 5 años, sólo porque una ley me obliga a ello.
Atendiendo al llamamiento de Roberto, tengo que decir que estoy totalmente de acuerdo contigo sobre el Tema del amigo mmarcos.
Quería hacer también una puntualización al primer mensaje de Daniel, sobre la definición de dato de carácter personal, dices textualmente: “Son datos personales toda aquella información identificada o identificable, es decir, aquella que permita identificar a la persona”, a mi entender la definición que da la ley 15/99 Cualquier información concerniente a persona física identificada o identificable es mucho mas amplia, pongo un ejemplo un hotel puede tener una base de datos de sus clientes, con sus datos identificativos, fechas en las que permaneció alojado, comidas y bebidas consumidas, películas visionadas, etc, yo opino, que todos y cada uno de estos datos son datos de carácter personal y están protegidos por la ley, no simplemente los datos de su identidad que parece que por tu definición serian los únicos protegidos, por supuesto que los datos identificativos son fundamentales para que el resto de información se considero dato de carácter personal, ya que sino serian datos disociados. ¿Qué Opináis?
Desde luego, Daniel, casi todo es opinable y discutible, y más aún cuando se trata de cuestiones jurídicas, y más todavía cuando se trata de una rama 'nueva' del Derecho como es la de las Nuevas Tecnologías.
Dicho lo anterior, respeto tu criterio pero estoy muy lejos de compartirlo. Entiendo que cualquiera sabe y debe saber que el hecho de enviar un mensaje a un foro de Internet supone (presupone) la cesión de los derechos de reproducción y divulgación de su contenido, y ello de modo implícito en el propio acto de enviar el mensaje al foro, o bien aceptándolo así expresamente, tal y cual ocurre en este foro de Portico Legal, en cuyas normas de participación, además, se especifica que "La cesión se entiende realizada a título gratuito, tendrá duración ilimitada y eficacia a nivel mundial", por si había alguna duda al respecto.
No vale 'arrepentirse'. Si existe el riesgo de arrepentimiento, mejor no participar en foros, ni en este ni en ningún otro. Si no queremos identificarnos, no nos identifiquemos, pero si nos identificamos de alguna forma, tendremos que soportar las consecuencias, igual que las soporta el escritor que se arrepiente de haber escrito un libro..., o el abogado que se arrepiente de haber firmado una demanda: vete tú, querido Daniel, a decirle al Juzgado que borre tu nombre o elimine un escrito de demanda de un expediente..., porque has decido revocar tu consentimiento para el tratamiento de tus datos personales.
Lo mismo se podría decir de un programa de televisión en el que apareces y haces unas determinadas declaraciones y después quieres que 'te borren'...
La LODP está para lo que está, pero no para dar cobertura a 'caprichitos'....
Lo anterior en lo que respecta a los mensajes, pero es que voy más allá: entiendo que, por iguales o parecidas razones, tampoco el usuario de un foro puede exigir que le borren el 'sobrenombre' de los mensajes que envió al foro. Casi por las mismas razones que un cliente no podría exigirte a tí que borraras su nombre de las minutas que expediste a su cargo...
Enm fin, el tema es jugoso y ´daría para mucho. Es una pena que otros compañeros especializados, aficionados o interesados en las Nuevas TEcnologías no hayan expresado o expresen su opinión a este respcto, pues quizás podrían arrojar algo más de luz sobre este tema, que a tantos podría afectarnos, especialmente a los que intervenimos en foros, no solo jurídicos sino también de otras temáticas.
Es cierto que no se puede desarmar un foro si todos los que participamos solicitamos que borren nuestras opiniones. Pero si el mensaje del foro está asociado al sobrenombre o alias y se entiende que éste último es un dato personal desde luego que el contenido del mensaje también es información confidencial. Piensa que mmarcos seguramente no hubiera realizado esta consulta si hubieran borrado su sobrenombre, aunque dejaran el contenido del mensaje.
Así, en mi opinión, la información confidencial dejaría de serlo si se le quita el alias o sobrenombre.
Por otra parte, más allá del derecho de cancelación, se me ocurren dos cuestiones por las que se podría solicitar la eliminación del mensaje, asociado al sobrenombre, del foro:
-revocación del consentimiento para el tratamiento (éste es siempre revocable)
-existe un perjuicio para el afectado o un interés legítimo que alegue.
En estos dos supuestos la LOPD tiene cabida. Saludos,
Daniel: creo que, como apuntaba en mi anterior mensaje, se debe diferenciar entre el 'sobrenombre' o 'alias' (que podría ser considerado como 'dato personal', aunque tengo mis dudas al respecto) y los mensajes enviados a un foro.
Vamos a dejar 'en suspenso' el derecho de mmarcos a la cancelación de su 'sobrenombre' o 'alias' de los mensajes enviados con ese 'sobrenombre' al foro en cuestión(en el supuesto de que le asistiera ese derecho, cosa que dudo, se plantearían otra serie de cuestiones a las que no vaoy ahora a hacer referencia, para centrarme en la siguiente cuestión y no 'liar' las cosas).
¿Crees, Daniel, que mmarcos tiene derecho a exigir a los responsables del foro que eliminen los mensajes que él envió? Entiendo que en principio NO (salvo que así se estipulara expresamente en las normas de participación en tal foro), y, desde luego, estoy seguro de que la respuesta también debe ser un NO, esta vez categórico, si tal foro tiene unas normas iguales o parecidas a las de este de Portico Legal.
¿Estamos de acuerdo al menso en esto último, Daniel? (cuando contestes pasamos al otro nto, que es más peliagudo).
Ajeno a las normas de participación del foro en cuestión, que no las conocemos, existen unos derechos que asisten a todos, como el derecho de cancelación. Siempre que un dato sea personal el titular del dato puede ejercitar su derecho de cancelación. El responsable del fichero, si es que se trata de un fichero, o del tratamiento de esos datos deberá estar a lo dicho en la LOPD, en el RD 1332/1994 y en la Instrucción 1/1998, y yo le aconsejo siempre que lo responda si no quiere un procedimiento de Tutela contra él.
El dato del sobrenombre del que habla nuestro amigo mmarcos (se hace referencia a mi persona, y al sobrenombre que utilice para identificarme en este foro, ademas que soy conocido por las personas que utilizan el foro) se deduce fácilmente que por el sobrenombre pueden saber de quién se trata, por lo que el dato se convierte en identificable, es decir, ya es dato personal.
Desde que es dato personal, le asisten todos los derechos de la LOPD que quiera ejercitar y quien lo alberga debe cumplir con medidas de seguridad y con los principios y derechos de la LOPD,
Un saludo,
Daniel Santos
www.abogadosantosrojas.com
No estoy muy de acuerdo con mi colega Daniel Santos, y creo que además no se puede generalizar.
En primer lugar, ha de aclararse que una cosa son los datos personales incluídos en un fichero (casi siempre cancelables a instancia del interesado, pero no siempre), y otra cosa con los mensajes enviados a un foro.
Dudo mucho que los administradores de un foro vengan obligados a borrar los mensajes de un intervniente en tal foro, o incluso su "sobrenombre", y menos aún si dicho foro tiene unas normas o condiciones de participación en las que se diga que los intervinientes ceden sus derechos sobre sus intervenciones a los administradores del foro o a la empresa que lo explota, tal y como ocurre en este foro de Portico Legal (mírate el apartado 6 de las condiciones de uso de este foro).
Conste que a mi, personal y profesionalmente, me parece normal ese tipo de norma (quiero decir, ni bien ni mal), pues si alguien participa en un foro debe cumplir sus normas. Nadie está obligado a intervenir en un foro cuyas normas de participación no le gustan.
Por otra parte, entiendo que un "sobrenombre" no es un dato personal..., pero conste que someto gustosamente esta cuestión a otro profesional con mejor criterio que el mío.
Puedes ejercitar tu derecho de cancelación de datos ante la empresa titular del foro. Son datos personales toda aquella información identificada o identificable, es decir, aquella que permita identificar a la persona.
Por ello, te aconsejo enviar una carta certificada y con acuse ejercitando el derecho de cancelación, Adjunta tu DNI (fotocopia) y adviérteles que de no visto satisfecho tu derecho dentro del plazo establecido, te vas a ver obligado a acudir a la AEPD para pedir la tutela de tu derecho.
Saludos,
Daniel Santos
SANTOS & ROJAS ABOGADOS
www.abogadosantosrojas.com
He estado participando en un foro, en el cual, por motivos personales, he decido abandonar, por lo cual solicite a los administradores la eliminacion de mi usuario y de los mensajes que contenian en el mismo.
En muchos mensajes se hace referencia a mi persona, y al sobrenombre que utilice para identificarme en este foro, ademas que soy conocido por las personas que utilizan el foro.
Los administradores, no han borrado el sobrenombre que utilizo.
¿Puedo pedirles que lo hagan amparandome en la LOPD?, ¿el sobrenombre del foro, no es personal, y me identifica a mi como persona?