Tengo un local que tiene derecho al uso de piscina y zonas comunitarias, pero que tal y como figura en los estatutos, no tenemos que participar en el pago de los gastos de comunidad asociados a estas zonas.
Se va a realizar una Junta, para limitar este uso únicamente a los propietarios de pisos y en todo caso, poner una cuota a los locales que ya están escriturados por el uso de estas zonas comunes (que repito que tal y como están los estatutos aparece expresamente que los gastos de estas zonas se repercutirán únicamente a los propietarios de viviendas).
¿Es esto legal? ¿Qué puedo hacer?
Para modificar los estatutos (inscritos en el Registro), se precisa acuerdo unánime ( todos al 100% ) de toda la comunidad ( no solo de la junta).
Obviamente si Vd. se opone, no hay unanimidad, por lo que el acuerdo no será válido. Como seguramente lo tomarán, a pesar de todo, Vd. pondrá voto en contra, que conste expresamente en el acta, e impugnará con abogado. S.m.c.
Si la LPH dice que todos deben contribuir al mantenimiento de las instalaciones (entiendo que con mayor motivo si hacen uso de ellas) ¿no estarían esos estatutos contraviniendo una ley de rango superior?.
Sea como fuere, me parece que no tiene ni pies ni cabeza disfrutar de un servicio y negarse a participar en su mantenimiento. Con todo respeto, me parece que eso es tener mucha cara.
El sistema juridico vigente obliga a que derechos o vulnearación de derechos sean declarados jurídicamente.
Si unos estatutos conculcan cualquier Ley, han de ser modificados mediante impugnación y obtención de una sentencia que así lo declare.
En tanto eso no suceda, ya podemos opinar lo que queramos en los foros, pero lo inscrito en el Registro obliga públicamante, sea o no correcto.
Y en este caso, para modificarlos, basta el acuerdo unánime al 100% de toda la comunidad. S.m.c.