Buenas tardes, soy propietaria de una plaza de garaje en un edificio, pero no de vivienda.
Al garaje puede accederse a través de la puerta de vehículos (no peatonal y en rampa) También existe otra puerta (cerrada con llave), que da acceso a los ascensores y a las escaleras que llevan al portal.
Mi pregunta es si tengo derecho a salir del garaje por dicha puerta, llegar al portal y salir del edificio por éste. Gracias de antemano.
habría que analizar el caso, in situ o plano en mano
es muy probable que sí, e incluso que esa puerta no pueda estar cerrada con llave, al menos en el sentido de salida
El mismo caso de la comunidad en que vivo.
A los propietarios de plaza de garaje que no viven en la comunidad, los propietarios de Viviendas y Garajes han puesto cerraduras con llave en las puertas de comunicacion de los garajes a los edificios, que son a su vez salidas de emergencia, son 7 edificios, 350 plazas de garaje.
Esto, como minimo, es contrario a las normativas de seguridad, se da el caso ademas, de que los propietarios de viviendas y pisos, con la conivencia del presidente de la comunidad y del administrador, han puesto estas nuevas cerraduras con cargos a la comunidad general, a pesar de mis advertencias y mi desacuerdo.
? Como han podido¿ Simple, de los 305 propietarios de viviendas, a las juntas acuden no mas de 80, de los cuales, como minimo 3 cuartos, son propietarios tambien de plazas de garaje.
Denunciarlo se puede, prepare unos 5.000 Euros para abogado y procurador.
Por si coincide que su comunidad es la mia, la mia es de Guadalajara capital, Felipe Solano Antelo, igual seriamos 2 a pelearlo.
Estoy en Andalucía Martin, lo siento.
La cuestión es que pago la comunidad del edificio y en ningún recibo ni documento consta que haya una diferenciación entre gastos de comunidad de viviendas y gastoa de comunidad de garaje... Tengo asignada una cuota alícuota y en base a eso contribuyo.
¿Si pago por algo no tengo derecho a usarlo?
Gracias.
Hay que enfocar el problema, desde la normativa de seguridad contra incendios.
Presente escrito en el Ayuntamiento, describiendo el problema y que le muestren el proyecto con el que se construyó el edificio.
En una sociedad justa y decente, por supuesto la razon estaria con usted y conmigo, en la sociedad en que vivimos actualmente, pues ya ve usted lo que ocurre.
Viendo las dudas que se plantean a diario en este foro, la conclusion es que la ley de la propiedad horizontal es confusa y farragosa.
Las leyes en una sociedad justa tendreian que ser tan claras que cualquier ciudadano simplemente alfabetizado las pudiese entender, y, aplicar.
Saliendome del tema de este foro. Cuanto nos cuesta el sostenimiento de un tal, Tribunal Constitucional, vean el edificio en que esta, mantenimiento del mismo, sueldos de los jueces, secretarios, bedeles, etc.
Bueno pues asi nos va, el ultimo a salir de este pais, que apague la luz.
No se puede decir si tiene o no tiene derecho a acceder al portal, con los datos que nos da. Hay que ver como se indica en el titulo esa salvedad, y la configuración del garaje.
Efectivamente hay garajes, que a continuación de las rampas, disponen de mucho rellano en su interior, quedando a cuota 0 y con puerta peatonal en la basculante. Esto es así para los propietarios de solo garajes, los de vivienda pueden disponer de ascensor al interior del portal.
El garaje puede tener una exención en los gastos del portal, similar a un local comercial, pagará una contribución a los gastos comunes del edificio, de acuerdo a esta particularidad.
Por lo que el Sr. Pasacero dice, los propietarios de pisos y garajes, si aceden a sus pisos por las puertas de comunicacion pisos garajes, tendrian que contribuir a los gastos generales de la comunidad de acuerdo con las cuotas de participacion que constan en las escrituras de sus plazas de garaje, o salir a la calle desde el garaje y volver a entrar a su casa por el portal y a la hora de acceder al garaje pues igual.
Bueno pues esto a pesar de mis protestas, con el beneplacito del presidente, casi vitalicio, y el administrador se lo pasan por alli.
Como a las juntas generales la mayoria de los que acuden son propietarios de garajes pues no hay nada mas que hacer que denunciarlo, unos 5.000 Euros.