Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Uso y disfrute privativo zona común

13 Comentarios
 
Uso y disfrute privativo zona común
03/07/2015 10:49
Buenos días,

Quería exponeros un caso por si pudierais asesorarnos un poco al respecto:

En nuestra comunidad existe una zona tipo ático de unos 10 metros cuadrados a la cual solo se puede acceder a través de una ventana de nuestra vivienda. Esta zona es bastante conflictiva ya que debido a las palomas se forman atascos en los canalones y se ensucia bastante.

En la última junta propusimos que se nos permitiera el uso y disfrute de esa zona común de forma privativa, explicando que para ello cambiaríamos esa ventana por una puerta, y acondicionaríamos la zona para poder acceder de forma segura ya sea poniendo una valla, barandilla o murete. A cambio nos comprometíamos a encargarnos del mantenimiento de esa zona, de la limpieza de los canalones y demás.
Ningún vecino puso ninguna pega, y se voto por unanimidad con 9 votos a favor (somos una comunidad pequeña de 18 vecinos).

Al día siguiente el administrador se pone en contacto con nosotros para informarnos que ha recibido una llamada de un copropietario que no pudo asistir a la junta (su mujer sí que acudió y votó a favor) que le manifiesta su total disconformidad al respecto, bastante alterado e incluso hablando de denuncias e ilegalidad (entiendo que con intención de impugnar el acuerdo).

Mi duda es si lo que nosotros proponemos es algo tan descabellado o si realmente rozaría la ilegalidad, ya que no consideramos que así sea siempre y cuando se tenga permiso de la comunidad, pero obviamente puede que nos estemos equivocando o que por desconocimiento estemos intentando hacer algo que no es posible.

Muchas gracias de antemano
Saludos
03/07/2015 11:26
No, no están cometiendo ninguna ilegalidad.
En la convocatoria de esa junta constaba en el orden del día que iban a debatir este tema y que pedían permiso para poder utilizarlo a cambio de mantener esa zona "conflictiva"??
03/07/2015 11:35
En el orden del día no aparecía reflejado como tal. Sí que incluía un punto sobre el uso de zonas comunes en general (por diversas cuestiones), y hablando sobre ello fue cuando lo expusimos, pero específicamente que se iba a solicitar ese permiso no constaba.
03/07/2015 11:49
Por una parte, el vecino que ha protestado estuvo en la reunión representado por su mujer (desconozco quien es el titular) pero vamos que votó y su voto ahí se queda.
Si pueden tener problemas con los otros vecinos que no acudieron a la reunión que pueden agarrarse a que ese punto no constaba en el orden del día para impugnarlo o simplemente pueden votar en contra si aun no han pasado 30 días desde la reunión.
Lo mejor es que esperen esos 30 días. Si nadie más dice nada el acuerdo está aprobado y dado que todos los asistentes a la junta votaron a favor de concederle lo que usted pedía ... ese vecino puede denunciar lo que quiera pero mal lo lleva.
03/07/2015 11:51
Quería decir que los vecinos pueden votar en contra dentro del plazo de 30 días desde la comunicación del acta de la junta no desde el momento que finalizó ésta.
03/07/2015 12:01
Eso haremos entonces.
Con el resto de vecinos no creo que haya problema, pero si se diera el caso, con que sólo uno de ellos votara en contra se anularía el acuerdo aprobado en junta?
03/07/2015 13:34
No veo ninguna duda; tienen una mayoría aplastante y si es caso promuevan una nueva reunión matizando los conceptos y a votar....
03/07/2015 16:10
Pregunto: para que sea legal el uso y disfrute de esa zona, no será necesario cambiar la escritura de obra nueva y división horizontal.
Porque aquí no estamos hablando de alquilar, si no de dar unos derechos.
Y yo creo que puede haber una posibilidad de impugnación dado que en la convocatoria, no figuraba de forma palmaria el cambio de uso y titularidad de esa zona común.
Pero hay que tener en cuenta que el propietario que ahora protesta, se supone que el piso es proindiviso y que si su mujer es la persona que se indicó que tendría la representación, ahora no puede decir nada.
03/07/2015 23:25
Para Fixin:

Los 30 días, no son desde la fecha de la Junta, sino desde la recepción del acta.
05/07/2015 10:03
Una pregunta. ¿El administrador estuvo presente en esa reunión?. No entendería que estuviera presente, que aceptara ese voto de esa o ese propietario y después le comunicará a usted que no aceptaba tal acuerdo. Hay algo que no me cuadra.
También le digo (como ya le han apuntado otros foreros) que de esperar 30 días a contar desde el recibo del acta para aceptar como válido ese acuerdo y que debería registrarlo en el registro de la propiedad. También debería hacer hincapié en ese acta que ustedes tendrán el uso y disfrute de esa zona, lo que conlleva en el mantenimiento de la misma.
05/07/2015 11:39
No cree Ud que intenta cambiar el uso de ese lugar ? En la actualidad tiene un ventana, desea abrir una puerta y convertirla en transitable. Aparte de ello desea que sea de uso disfrute exclusivo. Todo ello tratado en una junta sin que conste su inclusión en el orden del día, vamos que Ud se salta la ley de una tacada. El artículo 17 Ud ni lo tiene en cuenta y es uno de los pocos imperativos de la LPH.
Colocar un baranda, murete, etc. en un lugar que carece de ello, simplemente hay que mirar si está calculado para soportarlo, si no fue previsto por el constructor, al menos requiere un estudio técnico.
Desde luego que la comunidad debe mantener lo canalones limpios, pero Ud no puede altera un lugar que es de todos.

Artículo séptimo.

1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.

En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador.
06/07/2015 10:13
(Fontanero)
El administrador estuvo presente en junta, quien no estaba presente es el vecino que no está conforme, en su representación estaba su mujer que fue la que votó en positivo. Posteriormente, al enterarse de lo que habíamos estado hablando fue cuando contactó con el administrador.

(Canaleja)
Disculpe pero nosotros no pretendemos saltarnos ninguna ley, al menos no apropósito, por eso mismo hemos hecho esta consulta.
Sobre el uso privativo de la supuesta zona, tampoco me parece algo tan fuera de lugar, no creo que sea el primer vecino que tiene cedido el uso y disfrute de una zona en una comunidad, no pretendo ni que sea mio ni que esté incluido como valor añadido de mi vivienda ni nada similar. No se trata de una zona transitable básicamente porque es un tejado, aunque entiendo perfectamente lo que usted quiere decir en cuanto a las obras que "pretendemos" hacer. Nuestra intención en junta era simplemente hablar con los vecinos sobre algo a lo que últimamente estábamos dando vueltas, con la única intención de saber si sería viable y estarían conforme con ello o no, ya que en caso negativo ni siquiera me voy a molestar en hacer estudios técnicos ni proyectos de obra.
Lógicamente, al ser la respuesta positiva todo se haría con los permisos y estudios pertinentes, siempre bajo la supervisión de la comunidad claro está.
06/07/2015 15:28
Como usted indica en la primera pregunta, su peticion no figuraba en el orden del dia, y alli lo propusieron ustedes, primer error dado que ese permiso dado es ilegal.
pero el vecino que se queja, su mujer voto a favor, 2 error.
El 3 error este por su parte, es solicitar el uso y disfrute de esa zona, para ello hay que modificar todas las escrituras y su vecino dira que no y si no las modifica, pues tendra follones con el.
pero todos los problemas tienen su soluccion. Si ustedes solicitan el alquiler de esa zona, solo es necesario el voto favorable de 3/5 y eso lo tiene
y lo que usted quiere tal como lo describe, no existe, cuando alguien tiene el uso y disfrute de una zona comjn, debe figurar en escritura. Otra cosa es el alquiler, que al fin y al cabo es identico
ah y para el conceder el uso y disfrute es necesario unanumidad
07/07/2015 08:32
Para Acriton:
Conviene leer todos los mensajes antes de escribir. Lea el mensaje siguiente al que se refiere usted en su intervención.
;)