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Uso y Disfrute exclusivo

3 Comentarios
 
Uso y disfrute exclusivo
08/05/2006 18:09
estamos pensando en reservar un ático dúplex de obra nueva que dispone de dos terrazas en plano. No están inlcuidas dentro de los metros construidos, y tengo varias preguntas:
1.- ¿existe algún impedimento legal por el que no puedan estar en las escrituras como parte de la vivienda?
2.- en el caso de que sean de uso y disfrute exclusivo, ¿a qué estamos obligados y cuáles son nuestros derechos? ¿Podríamos cerrar total o parcialmente alguna de ellas?

muchas gracias
08/05/2006 18:42
El impedimento es que no es una propiedad, pero en la escritura debe constar el uso y disfrute exclusivo.

Las terrazas son zonas comunes, por eso la constancia del uso en documentos es importante, los derchos son todos los derivados del uso, pero para cerrarlas deben contar con el consentimiento de la comunidad, y que lo permita la ordenanza de su ayuntamento.

Salvo mejor criterio.
08/05/2006 19:03
muchas gracias por la aclaración, sólo una pregunta más al hilo de tu respuesta: la vivienda está en Madrid, ¿sabrías si en Madrid se permiten?
09/05/2006 11:45
asegurate que los metros de terraza aparecen en tu excritura aunque solo se haga una mencion que tienes el disfrute de tantos metros de terraza, por que si no, puedes tener problemas con la comunidad si algun vecino te quisiera luego denunciar por a propiarte de ella. En madrid los cerramientos no estan permitidos, puedes pedir permiso a la comunidad y te lo tienen que dar por unanimidad, pero si luego cualquier persona de la calle te denunciara ante urbanismo en el propio ayuntamiento, este tendria que llevar a tramite esta denuncia.