hola,
a ver si alguien puede ayudarme. Vivo en un edificio de tres plantas de un mismo propietario que lo arrienda. Hay una terraza comunitaria , que es para uso de los tres vecinos.
Ayer vino el yerno de la propietaria esgrimiendo que el puede venir siempre que quiera a la terraza puesto ques comunitaria, pero el no vive ahí.
Mi pregunta es que si tanto la dueña del edificio como el yerno pueden entran cuando quieran sin nuestro consentimieno, caso de que no,donde puedo encontrar la regulación legal.
gracias
En el foro de Arrendamientos, al hilo Jesus43 tiene la respuesta. Los inquilinos tienen derecho a la privacidad, y excepcionalmente, por ej. por averías, pueden permitir la visita o inspección del arrendador, o persona delegada. Salvo mejor criterio.
donde puedo encontrar la regulacion legal de eso, por que ayer tuve un problema sobre este tema con ellos y me gustaría poder decirles algo mas tangible
Artº 18 Constitución. El domicilio es inviolable, nadie puede entrar salvo por resolución judicial o flagrante delito. La terraza la tienen incluida en el arrendamiento. En este sentido Sent.T.S. 29/10/99 Sala 2ª.
En los contratos se pueden pactar estas entadas con aviso previo, si no hay razón de urgencia por averias, incendios, etc.
Lo que no puede el arrendador es ir por ej. a tomar el sol a la terraza a su capricho.
Todo depende, de si en los tres contratos de arrendamiento, esta incluido el uso y disfrute de dicha terraza comunitaria por los tres arrendatarios, de forma exlusiva y excluyente.
Tambien si de alguna manera, el acceso a dicha terraza por parte de otras personas distintas a los tres arrendatarios, puede violar la intimidad de cada vivienda.
Si estamos hablando de la cubiera del edificio, dificilmente podran oponerse al uso por otras personas.
Pero, ¿que uso tiene atribuido esa terraza o cubierta?, y sobre todo ¿que uso pretenden darle los familiares del propietario?.
Sí, los tres contratos de arrendamiento tienen derecho al uso de la terraza. El problema es que se presento el yerno de la propietaria del inmueble en unas maneras muy poco corteses, además este señor no vive ahí,cuando estaba con unos amigos en la terraza, la ventana de mi cocina da a la terraza. Este señor dice que puede venir cuando quiera porque eso es suyo, al igual que la propietaria, que tambien dice lo mismo.
El uso que le qiere dar no es ninguno salvo molestarnos, cotillear y vigilar.
No sería por extensión la zona común solo para los arrendatarios y ellos deberían solo poder pasar si alguno le da permiso.
Otra pregunta al dar mi cocina a la terraza no vulneraría encaso de ir mi derecho a la intimidad?
Por último el contrato no menciona nada de que la propietaria pueda ir cuando quiera, pero si dice que es del uso y disfrute de los arrendatarios
gracias