Bueno, como primer paso si no lo ha pedido todavía, pida un certificado de aprovechamiento urbanístico, porque insisto que uso residencial y vivienda es lo mismo, si el Ayuntamiento certifica que el uso es residencial, tramite la cédula de habitabilidad de segunda ocupación, claro está que puede ser que tenga que realizar alguna obra menor.
El problema es que es una vivienda de hace 60 años, y que ahora no cumple los requisitos para solicitar el cambio de uso con las normas del ayuntamiento de madrid.
Me han hablado que con un certificado historico del catastro y con los recibos del ibi a lo mejor se puede.
uso residencial y vivienda viene a ser lo mismo, de todos modos, lo importante no es lo que diga el Registro o el Catastro, sino que tenga o pueda obtener cédula de habitabilidad y que la normativa urbanística permita su uso como vivienda. Si se quiere cambiar la descripción en el Registro, habría que acreditar estar en posesión de la cédula de habitabilidad y un certificado urbanístico del Ayuntamiento conforme se trata de una vivienda ( quizás haya que pedir el cambio de uso de local a vivienda al Ayuntamiento, mediante licencia).