respecto a lo que comentas, en principio tú puedes pactar con quien quieras un tipo de colaboración profesional con las limitaciones que consideres, el artículo 1255 del Código Civil Español lo permite, siempre que no tenga un objeto ilícito.
Creo que es esa tu duda.
Si precisas de cualquier asesoramiento desde mi despacho de abogados (PCP ABOGADOS), ofrecemos un servicio de ENFOQUE JURÍDICO GRATUITO para particulares y empresas, te atenderemos encantados en el 93 519 81 95 o bien a través de este foro.
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Sí, en base a proteger tu producto de un determinado tipo de lugares.
Es decir, si quieres dar una imagen de un producto y esta se ve perjudicada porque el lugar donde sale el anuncio no te parece adecuada para el tipo de clientes de tus productos.
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Buenos días,
Quisiera saber si se puede limitar el uso de cierto material promocional de un producto a determinados vendedores online de dicho producto.
El material al que me refiero (por ejemlo, ilustracione sy fotografías), estaría debidamente registrado.
Muchas gracias y un saludo,
Alejandro