En un acto oficial un funcionario hizo fotos con su propia cámara del personal presente y luego las colgó en una web compartida donde la gente podía ver las fotos y descargarlas (a esas fotos no se les dio uso oficial). La pregunta es si las personas fotografiadas en esas condiciones pueden usar las fotos en las que salen sólo ellas o las partes de foto recortadas para que sólo aparezcan cada una de ellas y usarlas de cualquier modo. Es decir, si una persona puede usar libremente, incluso comercialmente, su propia imagen -no la de las demás personas presentes- cuando es tomada de ese modo en un acto oficial.