Buenos días.
Un familiar acaba de recibir una paralela por el ejercicio 2015. Hacienda argumenta que en la declaración 720 2015 incluyó 2 pisos en Bruselas, pero no los incluyó en su declaración IRPF 2015. Proponen añadir una cantidad en la base general por bienes a disposición.
Conviene alegar: a) que el convenio de doble imposición España-Bélgica excluye de la tributación en España los bienes inmuebles? (no estoy seguro si se interpreta así)
b) que Hacienda no puede utilizar la información recibida en las declaraciones 720 ya que su legalidad está cuestionada por la Comisión y pendiente de resolución en el Tribunal de la Unión Europea?
c) otra cosa?
Gracias