Lo más lógico desde el punto de vista jurídico es requerir previamente por burofax o certimail a los que hacen uso indebido de tu marca.
Con esto, obtendrás las siguientes ventajas:
- Dejará de existir la presunción de buena fe por su parte.
- Podrás pedir indemnización por lucro cesante/ daño emergente desde la fecha del aviso fehaciente
- Puedes conseguir una solución extrajudicial al problema evitando la demora y los gastos de la vía judicial.
Si quieres explicarnos la situación con más profundidad, te dejo nuestros datos:
PROTECTIA PATENTES Y MARCAS
913833581
info@protectia.eu
Me gustaria conocer cuales son los requisitos legales que debe de cumplir alguien que por cuenta propia o ajena cree una web para la subasta de bienes de cualquier tipo en Europa. Primero en España y luego ampliar el ambito a toda Europa. Existe al respecto normativa específica y legal que cumplir ? y si es así donde se puede consultar.
Desde el momento en que realizas una actividad comercial por internet, debes cumplir con la normativa prevista en la Ley de servicios de sociedad de la informacion LSSI y la prevista en materia de protecion de datos de caracter personal LOPD.
Espero haberte servido de ayuda.
info@convelia.com