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urbanismo

2 Comentarios
 
24/08/2010 15:26
Entonces no será la barbaridad que nos habían comentado. Me he estado leyendo la ley 1/2005,de 26 de julio,porque es la que citan en la resolución del ayto,y no deja claro (o yo no soy capaz de verlo) cómo consideran que es la falta que hemos cometido, si es leve, grave,...Lo que entiendo es que no se puede legalizar la finca. Pero también dice(art 207)que si la construcción complementa otra ya existente, será consiserada falta leve. Ese es mi caso, no??Gracias por adelantado!!!
24/08/2010 13:34
si la finca está fuera de ordenación, no podeis ampliAr la superficie construida. y la cuantía de la multa suele ser el importe de la hipotetica licencia (que a su vez es un porcentaje del importe de la obra segun la valoración del ayto) más un recargo.
Urbanismo
24/08/2010 07:47
Pero alguien sabe a cuánto puede ascencer la multa? Si la finca está fuera de ordenación, ya no podremos hacer nada? Vaya panorama...