Hola Alga:
Este canon se cobra además de la licencia de obra, cuando se construye en un terreno calificado como asentamiento rural. En mi caso, el pleno había efectivamente aprobado el mismo.
Cordial saludo.
Emilio
hola, tengo una pregunta. tengo un terreno rustico unos 2100 m2 de una herencia, y me gustaria saber si se puede contruir una casa prefabricada de madera en dicho terreno, no se si estan consideradas como viviendas normales.
o si cabe alguna posibilidad de solicitar que lo recalifiquen como urbanizable. anteriormente cuando pertenecia a mi abuelo creo que era urbanizable.
un saludo y gracias.
Te has asegurado que no este aprovada la ordenanza fiscal que regule el pago del Canon? porque si esta previsto dicho canon en una ordenanza fiscal aprovada por el pleno del ayuntamiento no tienes nada que rascar. En cambio si te piden dicho canon sin tener aprovado la ordenanza primero impugna via administrativa dicho tributo y si te la deniegan acuede al contencioso,
Hola a todos.
Quería hacer una pequeña consulta: al solicitar un licencia de obra a un ayuntamiento ubicado en comunidad de Canarias, me he encontrado que a parte del impuesto del 3% sobre valor del proyecto, el ayuntamiento me reclama otros 5% en concepto de canon (¿mejor seria mas honesto llamarlo impuesto revolucionario - quizás?) porque el terreno es asentamiento rural, y la ley del suelo rustico de canarias prevé esa posibilidad si ulteriormente lo dispone el pleno mediante ordenanza municipal.
¿Alguien sabe de alguna forma para esquivar el "canon" o si alguien sabe de alguna impugnación que haya prosperado en contencioso administrativo?
Cordial saludo a todos y gracias.