He encontrado una tierra rustica en Andalucia, pero es menos de 30000 mt2 - con menos de 30000 mts2 no se puede edificar en rustico- y he pensado que a lo mejor el vecino quiere vender su terreno, asi me daria en total mas 30000mt2 y podria edificar una casa para vivir.
Mi pregunta es, si el vecino quiere vender, seria posible unir legalmente las dos tierras, para asi contar con mas de 30000 mt2 o simplemente seria el propietario de dos pedazos distintos de terreno?
Alga, resulta que mi mujer y yo estabamos decididos a comprar un terreno de 160000 mt2, porque nuestro proyecto es ir a vivir al campo, crear una granja y vivir de lo que produzcamos (a parte de mi salario). Para ello, solo necesitamos 4500 mt2, asi que si eran mas, pues mejor.
El problema radica en que cuando fuimos al ayuntamiento, nos dijeron que para construir una vivienda en terreno rustico necesitabamos al menos mas de 30000 mt2 - el terreno esta en Andalucia -.
No he estudiado las determinaciones del PGOU, porque nos comunicaron eso en el ayuntamiento.
Por eso creo que en una superficie mayor de 30000m2, es decir, juntando los dos terrenos, si seria posible legalmente, como puedo concluir de vuestros comentarios.
Creo que es conveniente que las manifestaciones de la administración por las que se toman decisiones de compara una finca, sean escritas. Si después las cosas son de distinta manera nadie es responsable.
En procedimiento administrativo la palabra "creo" no se utiliza.