Dos empresas, A y B se asocian en UTE para transportar residuos no peligrosos. Cada una esta inscrita separadamente como transportista de RNP en la administracion oportuna. ¿Es preciso que pida la inscripcion en el mismo registro de transportistas de RNP como UTE AB o basta con la habilitacion autonoma de que disponen las dos socias para desarrollar tal actividad?