Me gustaría saber las posibilidades y el procedimiento legal establecido a tal efecto, para que un miembro de una UTE pueda ceder sus participaciones a un tercero, u a otro miembro de la UTE.
La Transmisión "inter vivos" o "mortis causa" de la venta o cesión de participaciones o acciones de una empresa a un particular o a otra UTE son libres, por lo que en caso de interesarte su venta a otra persona u otra UTE, se puede hacer perfectamente, haciendo uso de los cauces legales para ello.