Hola. Si ha presentado una solicitud de residencia por circunstancias excepcionales (supongo que por arraigo), puede identificarse con el pasaporte en vigor y con el resguardo si es que se lo exigen.
Lo que se debe exigir es la identificación de las personas y que se acredite suficientemente que no está ligada por vínculo matrimonial con otra persona y que declare bajo su responsabilidad que no está inscrita como pareja de hecho en otra Comunidad Autónoma; luego, que se pruebe que al menos uno de los dos miembros está empadronado en la Comunidad Valenciana y que comparezcan dos testigos a dar fe de que conviven como pareja de hecho.
Entonces en la Comunidad Valenciana es obligatorio ser tener residencia legal para poder inscribirse como pareja de hecho?. He visto que piden Tarjeta de Residencia pero en la ley no dicen nada respecto a la legalidad de la pareja. La solicitud en extranjeria de residencia por circunstancias sellada por extranjeria (aun no tenemos la resolución de dicha solicitu) excepcionales serviría para acreditar la identidad de la pareja? Gracias y saludos