hola me gustaria que me saquen de una duda que tengo, vivo en espana por un periodo de 4 anos por razones de trabajo y ganar poco no pude realizar el arraigo social, entonces por cuestiones familiares de emergencia tuve que salir de espana el pasado 7 de noviembre, mi pasaporte ha caducado y lo tyve que renovar aqui en argentina, bueno mi pregunta es si puedo volver a entrar a espana, ya que me salio un trabajo en almeria con contrato de trabajo pero la empresa me envio los pasajes y viajo el 19 de enero , me ofrecen contrato y ponerme en regla los papeles lo cual yo no se si no eh perdido mis 4 anos de vivir ahi ya que estoy empadronada en malaga y poseo todas las documentaciones para valar que tengo antiguedad, me afectaria el haver salido de espana? la otra pregunta es mi novia es espanola y pensamos en vivir juntos y como lei en unos foros que se puede inscribir como pareja de echo podre optar a la tarjeta comunitaria como pareja de una ciudadana espanola me pueden acesoran un poco por favor si puedo o no?
Muchisimas gracias por tu respuesta.
Lamentablemente la empresa donde estoy haciendo practicas "tiene miedo" de contratarme antes de que obtenga la tarjeta porque sus asesores legales le dijeron que no se puede.
Aparte del Real Decreto 240/2007, como tu mencionas, en qué otra legislacion, se puede comprobar esto, asi puedo mostrarselo a los abogados.
1.- La inscripción efectuada en un Registro de titularidad municipal es válida. La normativa exige que estén inscritos en un REGISTRO PÚBLICO ESTABLECIDO PARA EL EFECTO EN ALGUNO DE LOS ESTADOS MIEMBROS. Un Registro administrativo de titularidad municipal, establecido para el efecto, ES REGISTRO PÚBLICO y cumple con el requisito exigido. Así también lo considera la Dirección General de Inmigración, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, mediante Instrucción aprobada el 4 de noviembre de 2010: SON VÁLIDOS A LOS EFECTOS DE LA DISPOSICIÓN NORMATIVA LOS CERTIFICADOS EXTENDIDOS TANTO POR REGISTROS AUTONÓMICOS, COMO MUNICIPALES.
2.- De acuerdo con la normativa (Real Decreto 240/2007), la tenencia del resguardo o de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, no constituye ni puede constituir condición necesaria previa para el ejercicio de derechos nacidos de la calidad de familiar de ciudadano de la Unión. Y una reforma reciente reitera esto, indicando que, sin perjuicio de la obligación de solicitar oportunamente la tarjeta, la calidad de familiar de ciudadano de la Unión puede acreditarse mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho e igualmente, que puede ejercerse los derechos emanados de tal calidad.
Con todo, en la práctica, los empleadores, temerosos de incurrir en infracción, prefieren que el trabajador extranjero tenga ya la tarjeta.
3.- Pruebe solicitar cita previa por Internet, para Madrid ya es posible hacerlo a través de www.mpt.es, apartado EXTRANJERÍA.
Buenos días soy argentino (nie estudiante) y mi novia comunitaria y dudamos entre hacer la union de hecho en torrelodones o madrid. Tenia dos consultas para realizar:
1) quería saber si la validez de una inscripcion de uniones de hecho en el ayuntamiento de torrelodones (madrid) es igualmente valido a efectos legales de extranjería que el que me entregarían en madrid capital.
2) en el caso de ser válido, a partir de qué momento puedo ser contratado?
3) las citas que dan en madrid son dentro de tanto tiempo que creo mi nie estará en proceso de renovación. puedo realizar la union de hecho con un nie caducado? presentando mi pasaporte argentino al dia?
muchas gracias por la ayuda