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Unidad familiar

4 Comentarios
 
Unidad familiar
27/09/2024 09:25
Buenos días!
Tuve 2 hijos (actualmente menores) pero me divorcié de su padre. Vivíamos mis hijos y yo y se supone que los tres conformábamos una "unidad familiar".
Me volví a casar en 2017 y aquí empieza el "problema".
Para algunos organismos, a pesar de estar casada, la unidad familiar la formamos mis hijos y yo, ya que nos une un lazo sanguíneo.

Pero para otros organismos la unidad familiar la formamos mi esposo y yo. Y hay un último que dice que la formamos mis hijos, mi esposo y yo.

Yo tengo un lío porque ya no sé a qué pertenezco ni quiénes pertenecen...

Teniendo en cuenta que mi esposo actual no tiene ningún lazo sanguíneo con mis hijos... ¿Cuál sería la unidad familiar a la que pertenezco?

A la hora de solicitar cualquier ayuda, si la unidad familiar la formamos mis dos hijos menores y yo... No se tiene en cuenta los ingresos de mi actual esposo que convive en la misma casa?

Muchas gracias!
27/09/2024 11:05
Depende de la ayuda en cuestión, de si tienes custodia exclusiva o compartida, y de cómo rellenaras la declaración de la renta. No hay ninguna definición oficial.
28/09/2024 17:31
Argentina16
Aunque no existe una única definición válida para todas las situaciones, sí existen definiciones concretas de unidad familiar aplicables a determinados contextos, como en la normativa fiscal o en la solicitud de determinadas ayudas o prestaciones sociales. El problema radica en que cada organismo puede manejar criterios propios.
30/09/2024 09:04
Correcto, hay que mirar cada caso en concreto pero "en general" se cuenta:
-si ambos progenitores tienen la custodia (hay sentencia de custodia compartida, o no hay atribución judicial de custodia porque no hay medidas paternofiliales y ambos incluyen al menor en su declaración de la renta): se cuentan los ingresos de ambos progenitores.
-si uno solo de los dos tiene la custodia (hay sentencia de custodia exclusiva, o a falta de paternofiliales solo uno de los dos incluye al menor en la declaración de la renta): se cuentan los ingresos solo del custodio (no del no custodio) pero se añaden los de la nueva pareja o conviviente del custodio.
Esto suele ser así para becas, ayudas, etc., pero no tiene por qué. La filiación del menor sigue siendo con su padre, no con el "padrastro", y es el padre el que tiene obligación y no este último.
No hay ningún carnet de unidad familiar, cada convocatoria debe definir qué ingresos se computan, si hay un criterio económico. A nivel fiscal es esta la forma de considerarlo, y a otros niveles (de derecho civil sobre todo) importa únicamente la filiación, no se tienen en cuenta convivientes para pensión de alimentos y demás.
30/09/2024 16:09
Muchas gracias por responder...
Sí, yo tengo la custodia completa y el padre el derecho de visitas.
Y tienen toda la razón! Cada organismo tiene sus "normas"...
Muchas gracias, un saludo