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Unidad de ejecución: ¿cómo afecta el precio de una vivienda?

5 Comentarios
 
08/08/2016 20:14
Anónimo
Ten en cuenta que el precio de un bien suele ser el que está dispuesto a dar el comprador y aceptar el vendedor.

Podrías preguntarle sobre la voluntad del ayuntamiento a desarrollar la unidad de ejecución en contra de la voluntad de los propietarios mayoritarios y, en su caso, las afecciones que pesan o pesarían sobre el suelo y la edificación que te interesa.

Luego, si lo tienes a bien, cuentas lo que te ha dicho.
perfil Anónimo
08/08/2016 16:29
Anónimo
Muchas gracias. Mañana tengo cita con el técnico de urbanismo y sé que fue aprobada la UE cambiando la figura de compensacion por la de cooperación en el año 2008. No se ha ejecutado por razones económicas.
Por ello y como mis intenciones son comprarla, me gustaría saber si esta situación afecta al precio
08/08/2016 10:25
Anónimo
¿Y qué tiene que ver que el propietario mayoritario quebrara, si en el sistema de ejecución por cooperación, es el ayuntamiento el impulsor del proceso?. Creo que en primer lugar hay que tener claros los conceptos.

El sistema de cooperación, por definición, significa que los propietarios aportan el suelo de cesión obligatoria para su agrupación y nueva división, que es el ayuntamiento quien ejecuta las obras de urbanización con cargo a los propietarios, la reparcelación de los terrenos comprendidos en la unidad de ejecución, salvo que ésta sea innecesaria por resultar suficientemente equitativa la distribución de los beneficios y las cargas, la regularización de la configuración de las fincas y la situación del aprovechamiento en zonas aptas para la edificación con arreglo al planeamiento.

Si está aprobada la delimitación e incluso el plan parcial del sector significa la iniciación del proyecto de reparcelación, pero no la aprobación definitiva.

Este proyecto, que en el sistema por cooperación el ayuntamiento tiene la potestad de actuar de oficio en la redacción del proyecto de reparcelación, cuando la mayoría de la propiedad no lo presenta en el plazo establecido en la ley, consiste en la obligación de aportar la totalidad de las fincas incluidas en el área delimitada al proceso urbanizador, en distribuir equitativamente los costes de urbanización entre los propietarios, en adjudicar suelo urbanizado a los propietarios en proporción al aportado en origen y en la entrega al ayuntamiento del suelo de cesión obligatoria.

Este proyecto debe contar con la aprobación definitiva del ayuntamiento para, posteriormente, inscribirlo en el registro de la propiedad. El hecho de la no inscripción necesariamente implica una situación jurídica muy distinta de los bienes que pretendes vender.

Por esta razón creo que es un elemento esencial conocer la realidad de la situación del proceso urbanizador de la unidad de ejecución. No es lo mismo vender una vivienda que todavía no ha entrado en él que, habiéndolo hecho, venderla conociendo si su destino es de permanencia o de su desaparición en aras de las necesidades del planeamiento.
perfil Anónimo
07/08/2016 14:30
alga
La unidad de ejecución está aprobada desde hace diez años y no se ha llevado a cabo porque el propietario on un 60% o más del terreno entró en concurso de acreedores y quebró. No se ha llevado a cabo por motivos económicos debido a la crisis. No obstante, mañana iré a urbanismo a ver qué me dicen.
Por otro lado,ocultar esta información. Que no deja de ser un vivió oculto está penado pero no sé el tiempo de prescripción.
Espero que te valga la información que te doy y gracias por tu respuesta
06/08/2016 13:05
Anónimo
En mi opinión, falta información para expresar una opinión, entiendo que conocer la fase en que se encuentra el proyecto de reparcelación es fundamental.
Unidad de ejecución: ¿cómo afecta el precio de una vivienda?
perfil Anónimo
06/08/2016 09:59
Hola: mi pregunta es ¿cómo afecta al valor catastral, fiscal y de mercado de una vivienda cuando hay aprobado una unidad de ejecución por el Sistema de Cooperación? En qué porcentaje aproximado puede aumentar o disminuir su valor? En caso de haber alguien interesado en la vivienda, el vendedor está obligado a comunicarlo al posible comprador y en caso de no hacerlo se consideraría un vicio oculto?
Me urge la respuesta
Gracias