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Única hija biológica casual (típica triquiñuela) hoy con 19 años y SU PENSIÓN POR ALIMENTOS que recibe la madre.

92 Comentarios
Viendo 61 - 80 de 92 comentarios
19/03/2010 18:26
Claro Aranser, si no me refería a usted. Y desde luego que hoy día con la de medios que hay es dificil embarazasre, si no quieres.
19/03/2010 18:24
no rakhsun, me refiero que las mujeres que no quieren tener hijos toman las medidas pertinentes, ya sea pildora, ya sea diu, ya sea que ella lleve el perservatido, que ademas hay de mujer tambien, a eso me refiero. No es escusa para hacerlo a pelo ya que no solo te puedes quedar embarazada si no contraer una enfermedad.
19/03/2010 18:00
Aranser, y lo malo, es cuando se da a entender que tener sexo con píldora equivalente a tener sexo a pelo, sin protección. Para nada, la píldora no es precisamente hacerlo a pelo. Típica idiotez que dice la típica idota que tiene su cabeza tan bien amueblada que no se le ocurre otra cosa que andar engañando para hacer niños, cuando podría irse perfectamente a un banco de esperma si tanta ilusión le hace la maternidad. La píldora es el anticonceptivo reversible más eficaz que existe, más que el preservativo incluso.
19/03/2010 17:38
RakhsunMuy bien dicho
La maltratadora dice "si no eres mio te arruino" y si para eso tiene que utilizar a los hijos le da lo mismo.

Se piensan que los hios son un apendice de ellas y no los ven como personas independientes.
Cuando un hombre las deja (no todas son así) porque ya no las quiere o cualquier otra razón se piensa que los hijos también se divorcian. Recuerdo que mi ex cuando le comente que me tendria que dar la mitad de la casa le dijo a mi hijo de 9 años que yo le habia dicho que queria que se fuerana vivir a la calle. Y lo que queria era que: se vendiera una casa que en ese tiempo daba para comprar dos pisos de 90m2 nuevos y aun sobraba. y tan felices los dos. Pero no claro si pasaba eso saliamos beneficiados los dos y eso no podia ser. Recuerdo que despes de 7 años de separado y yo casado y ya con dos hijos en una vista con el abogado no le dio verguenza reclamarme de que si yo ya habia rehecho mi vida y ya tenia una familia y que ella seguia sola, los abogados incluso el de ella se quedaron con la cara a cuadros mi abogado me dijo he visto mujeres que lo llevan mal pero esta tela (mi abogado era una mujer) Alucino me da verguenza ajena como no va estar sola si esta pirada.

Pero de esas muchas. Creo que la justicia deberia separar lo económico por un lado y los hijos por otro con la custodia compartida no hubiera tanto problemas pero claro asi no habria pretextos para quedarse con la casa o para exprimirte con la pension, eso si paa pedir dinero eres el padre pero para decidir o estar con ellos, no, ahi eres una mala persona.
19/03/2010 17:33
hay muchas mujeres que tambien les gusta a pelo, asi que si lo quieren asi que tomen la pildora o se pongan el diu. tanto hombres como mujeres tienen dercho a disfrutar del sexo pero con cabeza. Que vamos que este caso es de quiero un hijo a toda costa por tu pasta.
19/03/2010 17:27
Y hay mujeres a las que también les encanta "follar" aunque no conozcan a su compañero de juego.

Les excita el peligro, les encanta jugársela a ver si el tío la droga y le saca un órgano para venderlo.

Qué manía de intentar castigar el sexo.

Si una mujer "folla", olé su libertad.

Si un hombre "folla", hay que castigarlo, hay que hacerle un hijo, para que no se le ocurra "follar" nunca más.

Esto es como antiguamente, que se castigaba a las mujeres por disfrutar su sexualidad.
19/03/2010 17:19
Aranser y hay muchos hombres que prefieren follar a pelo aunque no conozcan a su compañera de juego, porque el peligro hace el polvo mas excitante.

A todos esos ¡Feliz dia del padre!
19/03/2010 17:15
Lo de esa mujer es claro desequilibro.

En su encuentro amoroso, ella dice sólo buscar placer, no querer hijos y poner los medios.

Luego le llama a usted, y le dice, tengo una estupenda noticia, estoy embarazada, ¿te alegras?.

Y se extraña, mucho muchísimo, de que usted no se alegre.

Pobre, una mujer, un hombre la ha dejado embarazada....

A las mujeres las embarazan, pasivamente, ellas parece que no participan activamente en el suceso.

Cuando lo cierto es que el embarazo o buscan calculadamente.
19/03/2010 17:04
Joé!! ?Como está el personal!!! Lo que veo es que este tema levanta pasiones haciendo que algun@s crean haber leido cosas que yo no he dicho.

No estoy hablando de dejar de pagar nada, sino de que queden expuestas ante la Ley la reales condiciones económicas de la madre, que se encargó de ocultarlas en el juicio, mintiendo a la jueza, quien no tuvo más remedio que creerselas, y en consecuencia determinó la cuantía de la pensión por alimentos injusta.

Los desequilibrios emocionales, latentes y que se activan solo para determinadas situaciones o contextos cuando las condiciones son las propicias, dependiendo del observador/ra, suelen ser muy dificiles de percibir en poco tiempo de trato, y abundan mucho por todos lados. Ningún colectivo, por razón de profesión, credo, sexo, raza, o lo que sea, esta exento de ser portador de uno de estos desequilibrios (bombas de relojería) que suelen salir a la luz sorprendiendo a propios o a extraños cuando menos se lo espera. NO ESTOY DICIENDO QUE TODOS/AS ESTEN/MOS DESEQUILIBRADOS.

El vicio de la generalización no suele permitir tener disposición para juzgar cada caso, que suele ser un mundo aparte por mucho que a la Ley no le haya quedado más remedio que tipificar, clasificar y agrupar los sucesos más comnes.
Por la reacción de algun/a forer@ esta claro que algun@s "forer@s" tampoco estan exent@s de estos padeceres, como tampoco lo estan algunos médicos, ni algunas estanqueras, ni algunos dentistas, ni albañiles, ni profesores de artes marciales, ni panaderas, ni.... por supuesto ni todas las mujeres por el hecho de serlo, algunas habrá, vale,.. muchiiiiismas menos que en ningún otro colectivo (vale: pulpo animal de compañía), pero a mi me tocó.

Parece que quienes más se exaltan ni se dan por enterados de la trayectoria maternal que ya llevaba esta señora cuando decidió tener un tercer hijo de un tercer padre cuando soo llevaba por aquí unos meses como falsa turista.

Que ná,..., que muchas gracias a l@s que hicieron aportaciones legales sin entrar en juicios maniqueos.

[PD.: Ah!!, el día del padre..? (veo que a algun@s les ha podido su extremismo pasional en este tema) Ni siquiera han podido l-e-e-r lo que he relatado. Me recuerdan a los "razonamientos" tarados de una que, por teléfono, se extrañaba de mi falta de entusiasmo por ser padre (engañado= a la fuerza= involuntario) de su hijo. El día del padre?: igual que el diá de la astronáutica, porque no creo que ser padre sea esto ni por asomo,. para nada, aunque algunas,... muchas se empeñen en implantar un fundamentalismo biológico a favor de seres de la calaña de la madre de mi hija. Una "mujer" (UNA, NO TODAS, PERO HABERLAS, HÁYLAS...) que me raptó mis espermatozoides sin mi consentimiento para sus fines sabiénDO que la Ley está como está.]
19/03/2010 16:52
eiiiiiiiiii vale ya de tanta pelea que pareceis un matrimonio
19/03/2010 16:34
Si tanto os preocupan los derechos de los hijos, comenzad por respetar su derecho a ser conebidos con amor, no los traigáis al mundo para robarle la casa ni sacarle pensiones a nadie, ni por supuesto, atar a vuestra vida a nadie.

Los niños tienen derecho a ser criados y educados por personas capaces, no parásitas.

Os ilusiona ser madres, estupendo, conseguid vivienda, solvencia económica, y al banco de semen.
19/03/2010 16:21
Qué manía de confundir derechos de los hijos con intereses económicos.

Si una mujer decide, unilateralmente, que quiere engendrar un hijo, es porque puede mantenerlo sola. Para eso está el banco de semen. Del que obviamente no va a sacar una casa ni una pensión. Y no se vulneran los derechos del hijo. Pues se supone que la mujer se fecunda porque tiene vivienda y sueldo con que mantenerlo.

Concebir un hijo, unilateralmente, con engaños, y sin tener además los medios para mantenerlo, es de persona absolutamente desequilibrada.

Normalísimo para ustedes.
19/03/2010 16:10
Pues si tanto deseáis tener hijos solas, iros al banco se semen. Ah, es que no regalan pensiones.
19/03/2010 16:01
K fuerteeeeeeeeeeeeee
perfil Bri
19/03/2010 15:18
Que sí, rakhsun, que sí; que toda madre que reclama los derechos de sus hjos menores son unas desequilibradas mentales y unas maltratadoras de sus ex.
19/03/2010 12:01
Pautas todas estas, nítidamente propias de personas cuyo juicio está claramente mermado por un patológico desequilibrio mental.
19/03/2010 11:21
Un último supuesto he olvidado detallar.

La maltratadora que busca venganza.

Un maltratador no soporta que ser abandonado por su pareja, su pauta consiste en "si no eres mía, te mato".

La maltratadora, no soporta ser abandonada por el hombre que ella considera de su propiedad, su pauta consiste en "si no eres mío, te arruino".

Ya que no puede quedarse con el hombre, en venganza, se queda con su casa.
19/03/2010 10:45
"Dice usted que un número anormalmente elevado de mujeres que se quedan embarazadas tras mantener relaciones sexuales, NO DESEÁNDOLO, pero conocido el embarazo deciden seguir adelante con el mismo, y asumir las consecuencias responsablemente, ¿son unas desequilibradas? ¿La mayoría pretende hacer negocio con ese hijo, y su prioritaria meta es sacar los cuartos al padre?".

No digo eso. Ni se parece.

Bri, no es tan difícil. ¿Por qué da tantas vueltas evitando los significados evidentes?

Dicen que no desean embarazo, pero lo desean.

Está feísimo esto de traer niños al mundo con engaños.

Su meta. A veces es atar un hombre a su vida. No admiten que la relación se va a romper, y tienen el hijo para tener a ese hombre ligado a la vida de ella. Cuántas mujeres dicen "mi relación va mal, tal vez si tuviéramos un hijo se arreglaría....", ahí está oyendo a una mujer tonta a punto de convertirse en una mamá tonta. Porque instrumentalizar a los niños de esa forma es de ser persona emocionalmente estúpida.

Otras, su prioritaria meta, sacar una casa. No sacan una pensión que la mantenga a ella, pero la casa la consiguen.

Y otras, su meta, pensiones que las mantengan.

No son la mayoría, pero no son marginales.
19/03/2010 10:42
aqui va la info de pension de alimentos

La Constitución Española impone el deber de cuidar y velar por los hijos y la separación o el divorcio no eximen a los padres de estas obligaciones. Así lo ratifica el artículo 92 del Código Civil al indicar que la separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos.

Si no existe acuerdo de las partes, el Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.

Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez, en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos.

Se entiende por alimentos no sólo la comida, si no todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.
Los alimentos incluyen no sólo la comida sino también la habitación, vestido, asistencia médica y educación.

Así, la sentencia de separación o divorcio que se dicte tras la tramitación del procedimiento correspondiente determinará el cónyuge que viene obligado a satisfacer la pensión de alimentos, su cuantía, las bases o criterios para su actualización - habitualmente se actualizará conforme al IPC-, y la forma y periodo de pago.

La ley no fija una cuantía, por lo que el importe será fijado por el juez atendiendo a los ingresos del cónyuge obligado a abonarla y las necesidades del/los beneficiarios de la misma. Para ello se hace preciso el análisis de la posición laboral y económica que mantiene el obligado al pago. En el siguiente enlace dispone de unas tablas orientativas para el cálculo de la pensión de alimentos.

Asimismo, y como también hemos indicado, la pensión de alimentos podrá modificarse en función de las circunstancias económicas del obligado al pago y en función de las necesidades del/los beneficiarios; lo que se hará a través de un procedimiento judicial llamado de modificación de medidas.

Cesará también la obligación de dar alimentos:

1.

Por muerte del alimentista.
2.

Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia.
3.

Cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia. En este sentido, la jurisprudencia ha destacado reiteradamente que no basta tener la aptitud para desarrollar un trabajo si faltan posibilidades de desarrollarla.
4.

Cuando el alimentista, sea o no heredero forzoso, hubiere cometido alguna falta de las que dan lugar a la desheredación.
5.

Cuando el alimentista sea descendiente del obligado a dar alimentos y la necesidad de aquél provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo, mientras subsista esta causa.

Con carácter general, la pensión de alimentos a los hijos debe abonarse hasta que éstos alcancen la mayoría de edad; pero, si alcanzada ésta, continúan estudiando o carecen de medios de subsistencia propios, podrá mantenerse esta pensión hasta que los hijos puedan ejercer una profesión u oficio que les permita valerse por sí mismos.
La pensión de alimentos corresponde también a los hijos mayores de edad, salvo que gocen de independencia económica.

Por último, la obligación de abono de una pensión de alimentos es fijada por sentencia y, como es lógico, su incumplimiento permite al beneficiario instar un procedimiento de ejecución y, en su caso, el embargo de bienes y derechos del obligado a satisfacer la pensión. Asimismo, el impago de la pensión de alimentos puede ser constitutivo de un delito de abandono de familia tipificado en el Art. 227 del Código Penal, puede ser causa de privación de la patria potestad y constituye justa causa de desheredación de los legitimarios.

Mientras que los gastos ordinarios son de tracto sucesivo, previsible y necesario, y a su cobertura se destina la denominada pensión alimenticia, los gastos extraordinarios son aquellos que no tienen periodicidad prefijada, en cuanto dimanantes de sucesos de difícil o imposible previsión, de tal modo que los mismos pueden surgir o no. Su pago se establece generalmente al 50%.
perfil Bri
19/03/2010 10:28
Efectivamente, rakshun, "la mayoría" lo digo yo; "abundar" , es decir, exceder de lo normal, lo dice usted.

Rectifico entonces:

Dice usted que un número anormalmente elevado de mujeres que se quedan embarazadas tras mantener relaciones sexuales, no deseándolo, pero conocido el embarazo deciden seguir adelante con el mismo, y asumir las consecuencias responsablemente, ¿son unas desequilibradas? ¿La mayoría pretende hacer negocio con ese hijo, y su prioritaria meta es sacar los cuartos al padre?