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unas obras en la vivenda de alquiler

4 Comentarios
 
Unas obras en la vivenda de alquiler
22/01/2009 18:25
Hola, un saludo

Entré en un piso de alquiler el pasado octubre, el cual pinté nada más entrar.

Mañana acaban unas obras que se han hecho en el piso consistentes en hacer nueva toda la instalación eléctrica, con sus correspondientes regatas.

Esta obra la paga el propietario del piso y hasta aquí todo correcto. Nosotros (mi mujer, niño de 3 meses y yo) llevamos 2 semanas vivendo con mi suegro: llegamos a este acuerdo para que no tuviera que pagarnos un hotel, ya que existe (o existía) cierta confianza; a cambio de no ir al hotel, acordamos no pagar la renta del mes de enero: no hay nada firmado pero sí testigos presenciales.

A consecuencia de las obras, las paredes han quedado manchadas (las pinté de blanco en noviembre) y ahora viene el problema: la propietaria ya nos ha dicho que no va a pagar la pintura bajo ningún concepto. Y aún no sé si querrá pagar a alguien que limpie el piso tal y como se acordó

Consultado a la OCU (el próximo lunes tengo cita en la cámara de la propiedad con el abogado), me han confirmado que el propietario debe dejar el piso en las mismas condiciones que estaba y, si se niega, seguir los siguiente pasos:
-Burofax informando de la situación acompañado de algún presupuesto de pintor, indicándole que si en un plazo de 10 días no recibo noticia procederé a pintar por mi cuenta y reclamarle via judicial el importe.
-Hacer buenas fotos del estado de la vivienda una vez finalizadas las obras.
-Si es menor de 900€ no necesito abogado paraproceder a la demanda y juicio y podría hacerlo yo, pero me temo que el presupuesto será mayor.

Bueno, y ahora mis dudas al respecto:
-¿Alguna cosa o procedimiento más que se me haya pasado por alto a la hora de reclamarle? No me gustaría que quedasen cabos legales sueltos
-¿Creéis que puedo reclamarle daños morales y perjuicios por toda esta situación? Mi hijo tiene 3 meses, mi mujer está muy deprimida por la situación (más de 15 días fuera de casa, una habitación de niño sin hacer, probablemente el piso sucio al volver, las marcas de las regatas por las paredes, etc)
-¿En caso de ser más de 900€ y necesitar abogado y/o procurador le puedo reclamar el importe?

Cualquier cosa que se os ocurra os lo agradeceré, la propietaria está deseando que nos marchemos (ya nos lo ha insinuado varias veces, si no os gusta ya sabéis lo que podéis hacer) pero tengo claro que tengo 5 años por delante de uso de la vivienda y no le haré ese favor, pero también quiero que mi mujer y mi hijo estén en una vivenda digna

Muchas gracias de nuevo, y un saludo
perfil Jan
23/01/2009 12:28
Hola juanbcn. Voy a tratar de aclarar sus dudas:

1)"Esta obra la paga el propietario del piso y hasta aquí todo correcto. Nosotros (mi mujer, niño de 3 meses y yo) llevamos 2 semanas vivendo con mi suegro: llegamos a este acuerdo para que no tuviera que pagarnos un hotel, ya que existe (o existía) cierta confianza; a cambio de no ir al hotel, acordamos no pagar la renta del mes de enero: no hay nada firmado pero sí testigos presenciales."

Al inhabilitar las obras el uso TOTAL de la vivienda se aplica el art 26 LAU 1994, en virtud del cual el contrato queda SUSPENDIDO hasta la finalización de las mismas. Ello significa que usted NO está obligado al pago de la renta HASTA la finalización de las obras.


2)"Alguna cosa o procedimiento más que se me haya pasado por alto a la hora de reclamarle?"

El procedimiento que le indicaron es corecto,pero hay que hacer algunas matizaciones:

a) El Burofax debe ser con ACUSE DE RECIBO para que sea FECHACIENTE.

b) Las forografías de la vivienda una vez acabadas las obras NO tendrán fuerza probatoria suficiente si NO son autentificadas por un NOTARIO indicando la fecha en que son realizadas.

3)"Creéis que puedo reclamarle daños morales y perjuicios por toda esta situación? Mi hijo tiene 3 meses, mi mujer está muy deprimida por la situación (más de 15 días fuera de casa, una habitación de niño sin hacer, probablemente el piso sucio al volver, las marcas de las regatas por las paredes, etc)"

Veo INVIABLE la opción de reclamar por daños morales

4)"-¿En caso de ser más de 900€ y necesitar abogado y/o procurador le puedo reclamar el importe?"

ÚNICAMENTE usted recuperaría los honorarios de su abogado/a y procurador/a si la parte demandada(arrendadora) fuere CONDENDA EN COSTAS en sentencia FIRME.

Reciba un cordial saludo.

23/01/2009 23:29
Muchas gracias Jan, el lunes iré al abogado de la cámara y ya contaré como acaba todo. hoy he vuelto a ver a la propietaria y se ha ratificado en el tema de la pintura. Por cierto, cuando hablo de la propietaria, realmente hablo de la hija de, pero a partir de ahora todo los trámites se dirigirán a la persona que figura en el contrato
31/01/2009 17:43
Hola de nuevo,

las cosas han cambiado un poco: he suspendido el contrato de alquiler hasta la finalizacion de las obras (art. 26 LAU)y tengo un par de dudas al respecto.
Seguramente lo mejor sería consultar a un profesional pero prefiero esperar hasta que no quede más remedio debido a la situación económica actual, además que se que por aquí hay buenos profesionales que, al menos, podrán orientar un poquito.
Os adjunto una transcripción del burofax que he mandado a la propietaria, espero que no haga muy pesado el post:
"A la atención de D. XXXXy Dña. XXXX:
Como propietarios de la vivienda donde vivo arrendado según consta en el contrato firmado por ambas partes con fecha 7 de octubre de 2008 les hago saber:
 Que en fecha 19 de diciembre de 2008 quedó manifiesta la urgencia de cambiar toda la instalación eléctrica de la vivienda, por hallarse completamente obsoleta y en estado peligroso HACIENDO INHABITABLE LA VIVIENDA
 Que las obras están durando más de tres semanas y durante este tiempo la vivienda HA ESTADO INHABITABLE
 Que, por aplicación en lo dispuesto en el art. 26 de la vigente LAU por la presente se le manifiesta que se opta por la SUSPENSION DEL CONTRATO, desde el inicio de estas obras (7 de enero de 2009) y hasta su COMPLETA FINALIZACION (que incluye el pintado de las paredes y su restauración al estado anterior)
 Que la suspensión del contrato implica la suspensión del pago de la renta así como la paralización del plazo del mismo
 Que, interesando entrar cuanto antes en el piso (saben que tenemos un bebé de 3 meses de edad), y ante la negativa de la propiedad a restaurar la vivienda a su estado original, se le propone efectuar uno mismo el pintado de la vivienda, aportando presupuesto y proponiéndole que en el plazo de 7 días manifieste POR ESCRITO si lo pinta la propiedad o abona importe al arrendatario y, en este último caso, si se descuenta del arrendamiento de futuras mensualidades o bien se abonará directamente al arrendatario.
 Que si en el plazo requerido no recibo contestación por su parte, y en defensa de los intereses de mi familia, procederé al pintado y reparación del inmueble reclamándole posteriormente el importe por los medios legales pertinentes
 Que envíen su contestación a la siguiente dirección que les adjunto pues, como queda demostrado, no resido en la que sería mi vivienda habitual debido a las obras antes mencionadas:
xxxxxxxxxxxx
08xxx xxxxxxxx
 Que se le requiere a la propiedad para que aporte la preceptiva cédula de habitabilidad del inmueble
Sin más que decirle al respecto, resto a la espera de su contestación"

La vivenda en el momento actual podría considerar se habitable, pero las obras han dejado las marcas de regatas en las paredes estucadas aparte de dejarlas de color marrón. Actualmente NO vivimos en la vivenda arrendada como comunico por burofax pero las dudas serían:
-¿Veis correcto el burofax?
-La propietaria me dice que pintará (aunque primero consultará con un abogado)pero solamente dará una mano de pintura, no arreglará el estucado.Obviamente esto no dejará la vivenda como estaba y no sé si se pueden dar por finalizadas las obras.
-Por último y no menos importante: quedamos verbalmente en no pagar el mes de enero pero ahora que suspendo el contrato me queda una duda: ¿debería pagarle los 6 días del mes de enero que pasamos en el piso para no tener problemas por impago?

Muchas gracias de nuevo por vuestras respuestas

09/02/2009 10:06
Bueno, hoy visito a la abogada, seguramente pintaré yo y se lo reclamaré via burofax...¿qué plazo de respuesta debo darle antes de reclamarselo via juzgado?
¿hasta 900€ no necesito abogado ni procurador verdad?
gracias