Por favor, prodría decirme alguien si es necesaria la unanimidad para la elección del color de la fachada de un edicio, si dicha unanimidad no viene recogida en los estatutos o en el titulo constitutivo de la comunidad, gracias...
Si la reforma, en este caso el pintado, es necesario, con la mayoría de votos y coeficiente es suficiente. Si se necesitara la unanimidad, posiblemente no se pintaría porque alguno discreparía del color, no daría su voto y no se pintaría nunca.
Para decidir el pintado (mantenimiento o conservación), es suficiente la mayoría simple, siempre que se demuestre con un informe técnico que es necesario.
Para el cambio de color, estimo que al ser la fachada un elemento común, sería preciso la unanimidad (aplicando el sentido común). Seguro que el cambio de color lo ha propuesto el "inteligente" del Presidente.
Nadie está obligado a vivir en un edificio, con un color distinto al que estaba cuando se compró la vivienda o el local.
Antes de "pintar nada", consulte con el Ayuntamiento si pueden o no pintar el edificio de otro color que no sea el genérico.
Se ha dado el caso en alguna ocasión que alguna vivienda se ha pinta de diferente color que las demás y han tenido que repintarla.
Yo, en su caso, 1º preguntaría al Ayuntamiento si procede el cambio (si lo autorizan, por estética del contorno) y si no hay problema, pues a pintar y si cada uno lo pinta de un color diferente... pues para gustos se hicieron los colores, digo yo...