Entiendo que lo que se pretende es modificar parte de la fachada que pertenece a un vecino, el cual ha pedido permiso en junta. No sé si es así.
Para modificar las zonas comunes (la fachada lo es) se necesita la unanimidad, pero además hay que pedir permiso a urbanismo, y eso es tan laborioso como lo primero.
En una Junta se pretende autorizar las obras de un propietario que afectan a la fachada y la volumetria.
El Secretario-Administrador, informo a los propietarios presentes en la Junta que solo es necesario mayoria. Dos propietarios expusieron que era preceptivo unanimidad y votaron en contra salvando el voto y exigiendo que se recogiera en acta su opinion sobre la necesidad de unanimidad.
El tema fue aprobado por mayoria.
Con independencia de la posible impugnacion, ¿podrian iniciarse acciones legales contra el Secretario-Administrador, por informar a los asistentes que solo era necesario mayoria?.
En caso de poderse actuar contra el, ¿seria mas conveniente esperar al resultado de la impugnacion?.