Es legal siempre y cuando la sociedad, simultáneamente a la adquisición, amortice las participaciones adquiridas con la correspondiente reducción de capital. Y , por supuesto que, después de la reducción de capital, éste no sea inferior al mínimo legal (creo recordar que el mínimo legal es 3.005 €).
Una sl puede comprar las acciones de un socio de la misma ?
Hay un socio de la SL que quiere vender sus acciones y como la SL tiene capital propio, hemos pensado los demás socios, que en vez de comprarles las acciones nosotros (como personas jurídicas) lo haga la Sociedad, con lo que la propia SL será accionista de si misma.