Tienes que presentar la demanda en el Juzgado del domicilio, es decir, el demandado litiga "en casa". Si tu vivies en Ceuta y el demandado en Lugo, a Lugo a litigar si, insisto, el fuero se determina por el domicilio del demandado.
Gracias, Sergio, pero sigo sin tener claro lo del domicilio del demandado; si dependiendo del fuero, le corresponde el Juzgado de su domicilio y queda en provincia diferente a la nuestra, ¿ hay que acudir allí a demandar o se puede hacer desde nuestra provincia, desde el Juzgado de nuestro domicilio, mediante exhorto u otra técnica?
1º.- Depende del fuero. Si este queda determinado por su domicilio, hay que demandar en el Juzgado que le corresponda.
2º.- Por pedir .... En serio, depende que tipo de requererimiento. En todo caso puedes requerirle tu en un Acto de Conciliación, en demanda ... a traves del Juzagdo. Si especificas un poco mas, te contesto en concreto.
3º.- Si, pero dentro de un proceso en que se muestre como necesario o conveniente ( busqueda de bienes, de lugares de trabajo, situaciones laborales etc ).
Tengo una serie de dudas: ¿si el demandado tiene su domicilio en provincia distinta a la nuestra, hay que acudir a su provincia a demandar o se hace mediante exhorto desde la nuestra? ¿se puede solicitar al juez que haga un requerimiento a una persona, con que procedimiento? ¿es posible solicitar auxilio judicial con remisión de oficios a la Seguridad Social, a través de que trámites? Espero vuestra ayuda, gracias.