karmo00, probablemente tu multa se pueda recurrir, y ganar en contencioso. Pienso que habra incurrido en prescripcion, pero no puedo saberlo sin ver todo el expediente.
Ademas, habria que saber por que motivo te llego a esa direccion ¿acaso nunca cambiaste tu direccion en el Registro de Conductores? Porque segun el art 10 del Reglamento General de Conductores, es tu obligacion
Lo siento sarapiki, pero ya ves que soy profana en estos asuntos.
Antes de nada, agradecer tu interés.
Efectivamente se trata de de una tramitación del Centro de tratamientos de denuncias automatizadas de la provincia de León y la infracción fue en Toledo. Yo soy de Alicante y es donde interpongo el recurso por defecto de forma, en el que indico que mi amiga recibe la multa y ella identifica al conductor que soy yo, envían la multa a un domicilio en el que no vivo desde hace 15 años por lo que ante la imposibilidad de comunicármelo, me es imposible abonar la multa y mucho menos con bonificación.
El recurso lo interpuse porque así me lo aconsejó la propia funcionaria en la ventanilla de la DGT de Alicante, me dijo.... "te la anulan seguro". Un tiempo después recibo la multa a mi domicilio actual y voy de nuevo a la DGT de Alicante donde la funcionaria me dice que ..."debe ser un error, no habrán cruzado los datos, no hagas caso".
Ahora recibo un embargo de Hacienda debido al impago de la multa y otra vez voy a la DGT de Alicante, la funcionaria en cuestión ya no está y la que me atiende me dice que esto es así, que debo abonar la multa.
Que opinas? gracias
Lo siento pero no entiendo nada. Vas de viaje a Toledo ¿¿¿DGT de Leon??? ¿Qué quieres decir con eso? ¿Y con lo de la bonificación por pronto pago por ser de Alicante? Hasta donde yo se, la bonificación se aplica a cualquier infractor, no solo a los de Alicante... ¡¡pues solo faltaba!!
¿Y en la JPT de Alicante te dicen que al ser dos comunidades diferentes los datos no se cruzan? Pero... la DGT no va por comunidades, es estatal... Vamos, que te pueden poner una multa en Sevilla y tu presentar alegaciones en Salamanca, y pagarla en Cuenca... en cualquier JPT tienen los datos de esa sanción y te pueden informar...
Por otro lado, si la infraccion la cometes en Toledo, el nº de referencia no puede ser de Leon, las infracciones de Trafico llevan un nº de expediente cuyas dos primeras cifras corresponden a la provincia.
Supongo que a lo que te refieres es a que se tramita en el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, que si esta en la provincia de Leon...
Aclarado esto, una multa no se anula, se anula la resolución, y cabe volver al momento procedimental oportuno, aquel en que se produjo el defecto subsanable. Otra cosa es que la sanción se sobresea, o bien la resulucion se revoque. En caso de revocación, no cabria iniciar de nuevo, pero si se anula si. Supongo que presentaste recurso, y en la respuesta a dicho recurso te contestan que se anula y se notifica de nuevo al domicilio correcto... eso es perfectamente valido, siempre y cuando no se incurra en prescripción. Pero para valorar si hubo o no prescripción tendría que tener mas datos ( y correctos) de los que das
Este es mi caso:
En el 2013, una amiga me deja un coche y voy de viaje a Toledo (Dgt de León) un radar me hace la foto y le imponen a mi amiga 300 € de multa (150€ con bonificación por pronto pago, ya que pertenezco a Alicante) y 2 puntos en el carnet.
Mi amiga informa que el conductor era yo y no ella (identificación del conductor).
Pasa bastante tiempo y cuando empiezo a pensar que no ha prosperado, recibo la multa sin bonificación por haberse excedido el tiempo. Entonces me doy cuenta que la multa la estaban enviado a una casa que vendí hace 15 años.
Por este motivo presento un recurso por defecto de forma, y la DGT procede a anular dicha multa a todos los efectos.
En marzo recibo nuevamente la multa con el mismo número de referencia de la DGT de León pero con mi domicilio actual. Me persono en la DGT de Alicante y me dicen que no haga caso, la multa está anulada y no se puede reiniciar en estas condiciones, al poco tiempo vuelvo a recibir otro aviso y la misma funcionario me dice que lo más posible es que al ser dos comunidades autónomas distintas no se hayan cruzado los datos. Tal como me sugiere esta señorita, yo no hago caso hasta que....ayer recibo un embargo de Hacienda por esta multa.
Hoy bajo de nuevo a la DGT de Alicante y otra señorita me informa que sí pueden "reactivar" una multa que está anulada y publicada su anulación, aunque entre que se puso la multa hasta hoy han pasado 2 años.
¿Estos supuestos no prescriben? ¿Realmente pueden activar una multa anulada?
Alguien me puede ayudar ???