Escribo porque hace tiempo mi abuela hizo un poner general (de ruina) en el que dejaba como apoderados a mi madre y mi tía.
Ahora mi abuela se encuentra en una residencia y mi tía está alquilando casas y haciendo modificaciones en las casas que tiene mi abuela de forma unilateral. El poder es de firma solidaria.
Estamos pensando empezar un proceso para incapacitar a mi abuela, pero en el propio poder pone que tiene validez incluso después de incapacitado.
¿Esto es cierto? ¿Si el juez observa que se actúa en contra de los intereses del incapaz lo podría anular?