Hola a todos los que se interesen en lo que me ha pasado. No sé si es aquí dónde pueden ayudarme.
He dejado el coche en el aeropuerto durante diez minutos exactos, en un lugar donde todo el mundo aparca, pero no está permitido, pero es imposible encontrar parking en ese lugar, así que para casos de llegadas rápidas he usado como mucha otra gente ese lugar. Estaba tomando un café junto a la cristalera que me dejaba ver el coche y veo que se acerca la grúa. Me da tiempo de salir corriendo y avisar al gruísta, pero me dice que le importa tres pitos, qué el tiene orden de llevárse los coches y punto. Abro la puerta del coche y me meto dentro, y veo que maniobra para subir el coche a la grúa, y me tengo que bajar a pesar de gritarle que estaba haciendo una locura porque estoy ya metida dentro. Me tuve que bajar de mi propio coche y ver cómo aquel prepotente se lo llevaba. Me bajé del coche porque mi padre estaba viendo el papelón y tuve miedo de que se preocupara y dejarlo sólo allí. Total, que tuve que ir caminando por un camino sin acera a un depósito del aeropuerto dónde tuve que pagar 43 €. Me pareció un abuso. Incluso la policía he visto que manda a desenganchar los coches si llegas a tiempo, aunque te pongan luego multa. Pregunté en los despachos de Aena y una señorita me sacó unos estatutos de uso de las áreas de aeropuerto que no entendí, y me dice que hubiera sido peor llamar a la policía y que hubiera tenido que pagar la multa y la grúa. No entiendo nada.
En la oficina del consumidor me dicen que están hartos de hacer reclamaciones contra esta gente porque ellos no tienen competencia para arreglar eso. ¿Qué puedo hacer? Si el individuo hubiera enganchado el coche y hubiera llamado a la policía lo veo normal, pero que por su cuenta y riesgo tome estas decisiones, ... me pareció muy raro.
Entendiendo que la zona donde se establece la prohibicion forma parte de via publica, por lo cual el conductor de la grua por si solo no puede realizar la retirada del vehiculo, es la propia infraccion la que daria lugar a esa retirada..y siempre y cuando el conductor no estubiera presente..y en el caso de que se personase en el lugar en el momento del enganche..se le prodria exigir el enganche pero no el traslado..tarifa distinta. Pero aunque el condurtor tubiera la consideracion de agente de la autoridad por policia de movilidad...sin DENUNCIA no esta justificada la retirada..que es ividente que le ha salido mas economico Si..pero el proceder es incorrecto..y si le han dado un justificante del pago..y lo reclama Judicialmnte lo tendria ganado..al menos si los hechos son los que se detallan.
Es mi opinion.-
Hola , no soy profesional de derecho , pero me gustaria decirte que eso depende de la buena voluntad del gruista. Desgrciadamente uno se siente impotente y lo peor de todo es que las reclamaciones parecen que caen en saco roto. Pero aún asi intenta luchar, mucha suerte.
Lamento decirle que no se trata de la voluntad del gruista..Se trata de la aplicacion de las leyes..Y un gruista por si solo sin ser agente de la autoridad en el desempeño de sus funciones..O motivado por la denuncia de un agente insitu..Por si mismo no tiene potestad para realizar la retirada de un vehiculo ante una infraccion por mal estacionamiento.
Gracias a los dos por el interés. Parece ser que el área pertenece al aeropuerto, por eso el señor se lleva los coches a diestro y siniestro. Lo que no entiendo es como insiste en llevárselo aunque yo me haya personado y subido al coche y diciéndole que no lo enganche.
Gracias. Intentaré hacer algo. Se los aseguro. Las injusticias y la gente con tanta cara y tan mala educación, no la soporto.
En algunos aeropuertos, AENA dispone de un servicio de grúa propio. Si es este el caso, y por tanto la grúa no estaba al servicio de la Policia Local, no haría falta la sanción de mal estacionamiento: en los aeropuertos (creo que en los puertos también) pueden retirarte el vehículo por "razones de seguridad", siempre y cuando el vehículo esté infringiendo algún precepto que lo convierte en "sospechoso". En tu caso, parece que el coche estaba muy próximo al edificio, por lo que una vez rebasado el tiempo autorizado, los retiran sistemáticamente.
Presenta reclamación por escrito a AENA. Cuando te contesten, que lo hacen siempre, verás como alegan razones de seguridad para haber retirado el vehículo.
Si la grúa era de la Policía Local y el motivo de la retirada era mal estacionamiento, entonces sí que debería estar presente un Agente además del gruista, y que el coche hubiera sido previamente denunciado por la infracción.
A mí me parece muy bien la retirada de los vehículos por razones de seguridad. En los puertos, al menos aquí en Canarias hay una policía portuaria que depende de la autoridad del puerto. En el aeropuerto no, así que la grúa es subcontratada por el aeropuerto. A mí lo que me indigna es que yo llegué al coche y lo abrí y me subí y el tío siguió como si tal cosa. Eso no lo he visto hacer nunca a un policía, pero por lo visto lo puede hacer cualquier mindungui.
Gracias.
Estamos de acuerdo, sólo te lo decía por dar más inormación.
Por cierto, en los aparcamientos de todos los aeropuertos (al igual que en el resto de aparcamientos públicos), ya se aplica desde hace un par de meses la tarificación por minutos. Ya no es como antes, que por 10 minutos pagabas la hora entera y te costaba más que el café: ahora sale a unos 2 ó 3 céntimos por minuto real de estancia.
hola!esta mañana ha venido mi novio a buscarme al aeropuerto y ha dejado el coche mal aparcado en linea amarilla 8 min y cuando hemos salido estaba la grua enganchandolo para llevarselo,hemos ido corriendo y nos han hecho ir a por un papel para que no se lo lleven y nos cobran 51 eurazos.es eso legal?? no se han llegado a llevar el coche, si se lo llegan a llevar...no quiero ni imaginar lo que nos hubieran cobrao.me gustaria saber si hay alguna opcion de recurrir o algo.muchas gracias.
Te han cobrado exactamente lo mismo que si se lo hubieran llevado del todo, con el mero "enganche" es suficiente.
Sinceramente, la gente está muy mal acostrumbrada, si no se puede parar ni estacionar, pues no se puede, nada de que si eran 5 minutos, etc...en los aeropuertos se sabe perfectamente que, si quieres parar para buscar o dejar a alguien, debes ir al parking y que está prohibido parar delante, después se sorprenden si aparece la grua.
Hola a todos.
Aprovecho este tema para solicitar ayuda para realizar escrito a AENA.
Quizás mi caso no tenga justificación alguna, puesto que dejé aparcado el coche 2 días en la P3 del aeropuerto de Málaga en zona de minusválidos.
Para quien no lo conozca, es un aparcamiento gratuito, allá en el fin del mundo de las obras en el que no existe ley ni concierto y rezas durante el aterrizaje por no encontrarte el coche sobre 4 ladrillos (en los de pago, rezas para que solo te lo hayan rozado con 2 maletas y no con 15). Vamos, que será de pago cuando acaben las obras infernales y mientras, se permite aparcar gratuitamente. Digamos que aquello es un poco "marica el último" y que cada uno aparque donde y como pueda.
El caso es, que no sé por qué, pensé que al estar aquello sin habilitar, los aparcamientos reservados serían una mera anécdota, así que allí que fui yo, (que no dejo jamás el coche ni en una triste doble fila durante unos segundos y muchísimo menos no respeto los aparcamientos de minusválidos) a dejar mi coche.
Pues eso, que a la vuelta no había coche. Pensé que se lo había llevado la policía, pero no, lo retira AENA, lo que me ha dejado algo perpleja.
El recibo de retirada reza así:
"Utilización de los servicios de retirada de vehículos por razones de seguridad (art. 4.5 Ley 25/1998 de 13 de Julio de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales) en relación con la resolución 12/2001 de 29 de Noviembre de la Dirección General de Tributos.
blablablá ------ 51,10 €
Contra este acto, y con carácter potestativo, podrá interponer RECURSO DE REPOSICIÓN, ante la Dirección del Aeropuerto de Málaga, en el plazo de QUINCE DÍAS´hábiles contados desde el siguiente a la recepción de la presente. O bien, sin poder simultanearse, RECLAMACIÓN ECONOMICO-ADMINISTRATIVA ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional en el plazo de QUINCE DIAS hábiles contados de igual forma"
El art. 4.5 no es muy esclarecedor, ya que parafrasea lo del la retirada de vehículos por cuestiones de seguridad. No logro encontrar la resolución 12/2001, tan solo la corección de la misma respecto a un error de tarifas.
Agradecería vuestras opiniones sobre si merece la pena el escrito o me como el cabreo, el doc del escrito y los folios.
Hombre TN, a veces las cosas no son ni blancas ni negras (en cuestión de leyes me dirás que sí, bueno, vale). Cualquiera que conozca el sitio del que hablo, entenderá que al menos, debe concedérseme el beneficio de la duda, que ya te digo yo que al que aparca en minusválidos habría que darle un trancazo.
Otra cuestión que olvidé plantear antes: me han roto al engancharme con la grúa el plástico de los bajos... ¿Es esto reclamable? En tal caso ¿Cómo?