salvo mejor opinión, las vacaciones no pueden empezar un día no laborable, es decir, que si no trabajan el 1, las vacaciones empiezan el siguiente laborable, es decir, el 2
Dune, es el Convenio colectivo interprovincial de las empresas minoristas de droguerías, herboristerías, ortopedias y perfumerías. La empresa es de Lugo pero esta concretamente funciona en Orense.
El encargado de un establecimiento reparte a comienzos de año los períodos vacacionales de sus empleados del 1 al 15 de cada mes y del 16 al 30. Si el comienzo de vacaciones para un empleado coincide a Domingo ¿es legal o empezarían por ejemplo el día 2 que sería lunes?
Un apunte: el encargado procede al reparto como bien señalé a comienzos de año; en el reparto cada empleado coge la quincena que más le interesa, quiere esto decir que lo hacen entre ellos de mutuo acuerdo.
Yo entiendo que las vacaciones se disfrutan en días hábiles (incluyendo Sábados y Domingos) con lo cual entiendo que si comienzan el Domingo es legal, es un día más de ellas.
Me gustaría saber vuestra opinión pues hay problemas con un empleado ya que mantiene que al ser día 1 Domingo, éste no figura como día de vacaciones, con lo que empezaría a estar de vacaciones realmente el Lunes.