Opinar sin conocer en profundidad el tema y sin haber leido la sentencia es una temeridad.
De lo que escribes, entiendo que tu empresa lo que hace es pactos anuales. Vencido el periodo de ese pacto, tu parte variable, desparece y es sustituida por otra que será mejor o peor. En el momento queno existe tal pacto, no existe obligación por parte de la empresa de darte comisión o premio por ventas. LO que si tendrá es obligación de mantenerte el fijo que será como9 mínimo lo que marque el convenio colectivo.
en cunato a las posibilidades de recurso, no soy la indicada, creo que tu abogado tiene los concimientos tecnicos y sobredtod del tema para saber como enfocar el recurso y que posibilidades hay.
Durante los últimos tres años la empresa me ha dado 3 cartas en las que acuerda q mi salario se compone de un fijo (base) + un porcentaje de incentivos que corresponden a una cantidad en base a la facturación total de la empresa para ese año, de tal forma q si no se alcanzara, la empresa se compromete a abonar dicha cantidad igualmente. Estos acuerdos se hacen por un año y ¡oh, sorpresa! no han hecho sino bajar. De tal forma q mi salario total hoy es casi un 50% más bajo q hace 3 años. Reclamé y perdí, al juez le pareció bien el argumento de q la garantía es por un año y q si la empresa gana menos yo tambien. No ha tenido en cuenta q se GARANTIZABA yq la facturación n depende de mi labor (más bien de los comerciales) y ahora voy al TSJ. ¿Es una modificación sustancial? ¿Con que argumentos cuento para la apelación ? ¿Alguna idea?