gracias Ninfa, pero el art 71 LPL dice que la admon tiene 45 días para contestar y que transcurridos estos sin contestación son 30 para demandar, salvo que la Ley que tengo delante n esté actualizada, lo cual es posible.............????????????
Transcurrido el plazo de un mes ( de fecha a fecha) desde que interpusiste la reclamacion previa y no haber recibido contestacion alguna, has de entender que está denegada tu pretension por silencio administrativo, con lo que tienes un plazo de dos meses a partir de cumplirse esa fecha para interponer la demanda.
Hola a todos, presenté una solicitud de determinación de contingencia. Me contestaron diciendo que le daban valor de reclamación previa y que aportara toda la documentación en la que basara mi derecho. La aporté y aun no me han contestado. CUando puedo entender desestimada la reclamación y empiezo a contar los 30 días para demandar?Desde que presenté la solicitud o la documentación posterior?