vease, por ejemplo, Sent. AP Sevilla 11/01/02, no son gastos generales y sería ilógico que el agraviado por un acuerdo de la comunidad tenga que desembolsar las cantidades del procedimiento judicial contra sus propios intereses.
Yo no lo entiendo bien,,y una vez que hice una pregunta igual obtuve respuestas a favor y en contra,,tal vez los abogados no os poneis de acuerdo en este tema del pago.
Ademas entiendo que no tiene sentido pagar la parte del abogado contrario puesto que en ese caso tambien tendria dicho abogado que oir al vecino demandado y a defender sus intereses ya que tambien le paga,,,,,la verdad,,encuentro ridiculo pagar al abogado defensor y al contrario a la vez, ademas creo que hay sentencias que exoneran de pagar al comunero demandado.
Dado que no puede impugnar el acuerdo, y salvo mejor opinión, entiendo que sí deberá abonar esa cuota. Otra cosa será cuando resuelvan los tribunales, en ese caso si Ud. gana el pleito, y la Comunidad es condenda en costas, deberá esta devolverle esta cantidad abonada improcedentemente, dado que el propio Tirbunal le exonera del pago, más los intereses legales.
saludos.
Os comento el tema y si alguien me puede ayudar, se lo agradeceré.
Tengo un local, de propiedad, en el que se realiza determinada actividad por un inquilino.
La Comunidad no está conforme con esta actividad y quieren que yo lo eche, pero les he comentado que el inquilino me dice que no molesta, así que tengo dos versiones, la de la comunidad y la del inquilino (que me abona el alquiler puntualmente).
En la última reunión se votó para llevar el tema a los Tribunales y yo me abstuve. El resto de propietarios votó a favor.
Ahora me piden una derrama especial para pagar la provisión de fondos que el abogado de la comunidad ha solicitado para demandarme a mi y al arrendatario!!
Sé que tengo que buscar un abogado para defenderme de esa demanda, pero ¿tengo que abonar esos recibos?
Os pido consejo urgente porque ya me han pasado el recibo por el banco y tengo pocos días para devolverlo.
Gracias