Y desorientada, Cerredo, desorientada, no confunda ni mezcle cuestiones que no tienen nada que ver la una con la otra. Las necesidades de su hija pueden ser las que sean, incrementarse por mil, pero aún hoy en día las prestaciones por alimentos están regidas por los ingresos-fortuna de cada progenitor, es decir, tanto tienes, tanto pagas. Lo demás son cuentos. De la misma manera que veo que la demanda de modificación en el presente caso tiene pocos visos de prosperar, también veo que como siga sus consejos Ainaa se da con un canto en los dientes.
lo dicho, pida usted justicia gratuíta, junte todos los recibos donde se demuestren las necesidades económicas de la hija en común, todo lo que suponga pensión de alimentos, justificantes de todo y si pide la otra parte modificación de medidas, esté usted prevenida para justificar que necesitan el dinero, y lo de los pufos, si los paga, guarde todos lo srecibos también y póngale un monitorio, para el que no hace falta abogado ni procurador, a lo mejor tiene suerte y le paga, a mi me pagó, jajajjaja VIESCASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS
Me temo que no, Ainaa, que no puede reclamar nada a estas alturas, se entiende que tras las separación quedó saldado todo. Entiendo que no ha lugar a reclamar nada ahora sobre lo anterior a la separación. Si puede reclamar atrasos o deudas originadas por el incumplimiento del convenio de separación.
Hasta que no existió sentencia judicial (por un acuerdo o por decisión del juez por no haber acuerdo) no era obligatorio pagar alimentos. Por tanto nada puede reclamar anterior a la resolución judicial.
Los cuatro meses que pagó de comunidad Vd. sola estando viviendo juntos tampoco son reclamables en el procedimiento de modificación de cuantía de alimentos. Si es que tuvieran separación de bienes y él debiera pagar el 50% podría reclamarlo en procedimiento civil, reclamación de cantidad, pero puede que cueste mas reclamarlo, con abogado y procurador, que la cantidad a reclamar...
He puesto este mensaje a raíz de otro que expuse anteriormente, en el que mi ex quiere solicitar la modificación de medidas reduciendo la pensión compensatoria, al parecer iremos a juicio, algo que he querido siempre evitar, entonces, ya que está en ese plan, no sé si yo podré reclamale algo de lo escrito en este mensaje cuando nos separamos hace casi tres años.
El que se marchó fue él sin pagatr, etc., no yo.
a ver, por partes, lo que ocurre es que si se marcha usted le puede denunciar por abandono de famiilia. Puede reclamar si demuestra que lo ha pagado usted sola ¿es mucha cantidad? intente conseguir justicia gratuíta, será lo mejor.
Un mes desde el que abandona no pide la separación o el divorcio, la otra parte pide unas medidas provisionales,
Tengo otra duda.
Mi ex-marido abandonó el domicilio conyugal, tenemos una hija, y no dije nada, a pesar de que ya íbamos a separarnos, hasta que salió el mutúo acuerdo no pasó nada de dinero, he leído que si en el plazo de un mes el que abandona no pide la separación o el divorcio, la otra parte pide unas medidas provisionales, ¿eso es así?, en ese caso, ahora que creo que él quiere reducir la pensión para la niña, ¿eso puede hacerse constar o exigirlo de algún modo?, imagino que no, pero a ver si saben algo al respecto, también pagué gastos de comunidad que se debían mientras viviamos juntos, de cuatro meses, lo digo porque al no haberse indicado la separación, supuestamente seguiamos viviendo juntos, ¿podría reclamar ese dinero de comunidad que pagué en excluiva?.
Gracias.