Soy funcionario de carrera (AGE). Trabajo codo con codo con personal laboral fijo, que hacen esencialmente las mismas tareas.
Mi duda es: ¿en un momento dado uno de esos laborales puede ser superior jerárquico de un funcionario? Entiendo que no, pero agradecería confirmación, y alguna indicación de cuál es la normativa que lo impide.
En determinados casos, el Personal Laboral puede ejercer funciones de dirección y coordinación entre ambos cuerpos (funcionariado-personal laboral), pero siempre con ciertos límites.
Un saludo