No entiendo nada, pero me refiero a nada de nada, yo diría que es imposible que a un "presunto" maltratador le den la custodia de los hijos, como no hay sentencia firme porque no se celebró el juicio,como medida cautelar me parece que ningún Juez le puede dar la custodia, sobre todo por propia tranquiledad, por otro lado no tengo porqué poner en duda el post de celt, que si es como narra es normal que se alejara de su verdugo, por eso no soy capaz de opinar ni muy por alto ya que seguro hay algo que no está en el escrito y cambia todo.
Un saludo y que todo se arregle en favor de la niña, que ella tenga un verdadero hogar.
El padre fue informado en todo momento de todo lo que afectara a su hija , el juzgado tambien. Asumi todos los costes de los viajes para que la niña pudiera estar con su padre siempre que el lo solicito, incluso permiti en varias ocasiones un regimen mas amplio que el estipulado, todo ello respetando los derechos de mi hija. El 28/12/2010 hicimos el cambio de guardia y custodia y 14 meses despues tras varias denuncias de las distintas situaciones del presunto maltrato psicologico y fisico al que fue sometida mi hija, y digo supuesto porque no hay sentencia , pero que le pregunten a mi niña.... consegui al amparo del 158cc la custodia. Ha dia de hoy siguen varios frentes en los juzgados y me siento agotada, pero duermo con la conciecia tranquila , nunca he actuado de mala fe y nunca lo hare, ni siquiera a dia de hoy pudiendo solicitar un punto de encuentro para visitas, incluso suspenderlas, lo hago y su padre la llama por telefono una vez al mes pudiendo hacerlo a diario , y no se preocupa de verla.
un saludo
Un presunto maltratador no es "un maltratador", y no parece que largarse con la niña primero a otra provincia y luego a más de 900 km sea "no negarse a dejarle ver la niña" ya que se deduce que el padre ni siquiera sabía donde estaba su hija. Puede que esta señora diga la verdad y que el padre sea un maltratador, pero sin haber sentencia que lo diga eso no puede alegarse como motivo para que la niña esté lejos de su padre. Es un caso complicado, ya que si ella está en lo cierto se entrega la niña a un hombre violento, y si la denuncia es falsa se está acusando a un hombre inocente al que se ha mantenido a más de 900 km de su hija.
http://www.elcorreogallego.es/index.php?idMenu=13&idNoticia=621445
El maltratador maltratado
MANUEL GARCÍA GARRIDO. Rector Honorario de la Universidade de Santiago 17.12.2010
OTRA sorprendente iniciativa legislativa del Gobierno nos desconcierta al tratarse de una medida innecesaria y contraria al ordenamiento jurídico.
Se trata de privar de la custodia de los hijos al padre acusado de violencia doméstica como medida cautelar para lo que pretende modificar el Código Civil sobre la custodia de los padres.
Como según las estadísticas judiciales el 40% de las denuncias por maltrato se archivan por falta de pruebas, resulta que el padre acusado injustamente pierde la custodia de los hijos por la simple existencia de una denuncia falsa.
La medida es innecesaria, porque el Código Penal ya permite al juez utilizar la medida cautelar de privar de la custodia a los condenados como maltratadores.
Pero además la propuesta es contraria al ordenamiento jurídico.
No sólo, como sostienen los especialistas, porque es contraria a la presunción de inocencia sino porque vulnera el fundamental principio de contradicción.
Según este principio en el proceso civil deben ser oídos el demandante y el demandado y en el proceso penal el acusador y el acusado.
El aforismo jurídico clásico audiatur ex altera pars se traduce en español por "un testigo ningún testigo" y en italiano "una parola nessuna parola".
El artículo 24 de la Constitución española declara que todos tienen derecho a un proceso con todas las garantías, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
Además, el artículo 5 de la Ley procesal civil establece que se podrán solicitar de los Tribunales la adopción de medidas cautelares.
Por tanto, como conclusión, se trata con la nueva propuesta de ofrecer protecciones inútiles e innecesarias a las víctimas de las violencias, que no se conviertan en injusticias graves e irreparables para los padres inocentes.
Susana P. vive con su hija en Culleredo por miedo. Es guipuzcoana y se mudó a Galicia hace dos años para estar lo más alejada posible de su ex marido. Le tiene pánico. «Porque me maltrató, no hizo más que amenazarme desde que nos divorciamos y ahora manipula a la niña contra mí», explica. Su tormento no queda ahí. Lo peor es que la Justicia navarra le acaba de retirar la guarda y custodia de la pequeña y se la dio a su ex esposo, un hombre que fue imputado por malos tratos y por un delito de abandono de familia, por lo que el fiscal pide una pena de prisión, y denunciado por amenazas y coacciones.
Pese a todo eso, cualquier día de estos «va a venir a por la niña y se la va a llevar para siempre». ¿Por qué un juez concede la custodia a un supuesto maltratador? Porque todavía es supuesto -el juicio no tiene fecha- y porque Susana puso tierra por medio llevándose a su hija. La sentencia que le quita a la niña «pasa por alto que mi ex marido jamás pasó la manutención fijada y que jamás me negué a entregarle a la niña cuando le correspondía».
La historia de Susana arranca en Guipúzcoa, cuando se casó. Fue en el 2000. Pronto se mudaron a Navarra, donde ambos encontraron trabajo. A los tres años nació su hija, «cuando la relación ya se había deteriorado». A partir de ahí «empezaron los insultos, las manipulaciones, las humillaciones y vejaciones. Me anuló por completo, me hizo sentir una inútil». Llegó el divorcio y la denuncia por malos tratos. Susana cogió entonces a su hija y regresó a Guipúzcoa junto a su familia. Pero el acoso del hombre fue a más. Así que un día, «aterrorizada», decidió hacer las maletas y probar suerte en Culleredo, donde vivía una amiga. Pronto encontró trabajo, la hicieron fija, escolarizó a su hija en un colegio y ahí sigue, desde el mes de septiembre del 2008.
La distancia le ha dado «la tranquilidad que no tenía en Navarra», pero le ha supuesto graves consecuencias jurídicas, pues los procesos abiertos contra su marido se siguen en tribunales de la comunidad floral, con lo que eso supone para la toma de declaraciones y encuentros con psicólogos. Lo mismo ocurre con la causa por la guarda y custodia de la niña. Tanto es así que, por no poder acudir a Navarra, se elaboró un informe psicológico de la madre demoledor en el que se aconsejaba que lo mejor para la niña es que viviese con su padre.