Buenas tardes, hace tiempo que no podía estar en este foro y comento un caso. A ver qué opinais.
Un presidente firma un préstamo para poner un ascensor y las cuotas se reparten entre todos los vecinos. Todos los acuerdos conforme a la legislación, sin problemas.
¿Puede un vecino en cualquier momento cancelar su deuda, que no es suya, o si es suya?.
En principio, no debería ir en los presupuestos ¿o sí?. Si aparece en ellos, ¿Deberían diferenciarse de los gastos comunes y en qué nos basamos para ello?.
Gracias por vuestra opinión, pues algunos estamos de acuerdo y otros no.