Una vivienda no habitual no da derecho a deducción en el IRPF.
Para que una vivienda se considere habitual tiene que residir en ella al menos 3 años, aunque hay excepciones:
- matrimonio
- separación matrimonial
- traslado laboral
- discapacidad sobrevenida que le impida seguir en esa vivienda...
Si ha hecho un alquiler de temporada por alguno de los motivos anteriores podría tener derecho a la deducción, si se cumple con el resto de requisitos que pueda haber.