Serían 3 anexos en total y no se firmarian juntos, fue a lo largo de casi 3 años y medio.
Y no es una zona declarada tensionada..
Muchas gracias.
Un saludo.
Los arts. 17 y 18 de la LAU y la D.F. 6ª de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que hace referencia al art. 46 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, permiten ese pacto, de hecho, la última disposición citada dice literalmente:
"...En el caso de que el arrendador no sea un gran tenedor, el incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes...."
Hay limitaciones para grandes tenedores y también en zonas tensionadas, que por ahora están solamente en 146 municipios catalanes y en 19 municipios vascos (esta última está aún en proceso).
Pero tengo una duda ¿usted desea firmar ya los cinco anexos simultáneamente a la firma del contrato principal?
Y una última consideración: antes de fin da año entrará en vigor, se supone, un nuevo índice de revisión de alquileres, ya veremos -dijo un icego- con qué contenido exacto.
La Renta se bajo por que eran conocidos, me trataban bien el piso y se querían marchar en el primer anexo, en el segundo se subió un poco y ahora sería un tercero para volver a subirla pues me interesa a mi como casero subirla y los inquilinos están deacuerdo.
Aún con la suba actual es un alquiler barato para el piso que es y la zona en que está.
Muchas gracias.
En principio no es ilegal, pero lo veo muy raro.
La LAU está hecha de forma que las subidas de las rentas están muy tasadas en tiempo y en cuantía.
¿Por qué intentan hacer esto?
Hola.
Les quería preguntar si podría ser una irregularidad un Contrato de alquiler con 4 o 5 anexos para modificar la renta (yo creo que a lo largo de 5 años que dura el alquiler no debería ser tanto) siempre con lo inquilinos totalmente de acuerdo.
Muchas gracias.
Un saludo.