De todas formas, acabo de releer el mensaje origen de todo este embrollo, y no dice que Félix fuese a coger el arma, sino que, exhausto, se inclina para dejar la pala. Así que pienso que ya no cabe doiscutir si intentaba o no coger el arma y si ello es inicio de la ejecución.
Respecto al supuesto que planteas, voy a pensarlo.
Imaginemos a una persona que tiene amenazada a toda una ciudad con hacer estallar una bomba nuclear que tiene en el garage de su casa, exigiendo una cantidad de dinero al ayuntamiento para no hacerlo (él está desesperado y no le importa hacerlo y morir él también, puesto que tiene una enfermedad mortal y le queda poco tiempo de vida. Quiere el dinero para dárselo a su hija).
La policía lo descubre y localiza, rodeando el garage y entrando un negociador en su interior, que se pone a hablar con él para que desista de su actitud, mientras esta persona le dice que no se acerque más a él o hará estallar la bomba.
En un momento crítico de la situación, el hombre se pone nervioso y espeta "a tomar por culo, a morir todos" dirigiéndose decidido hacia la bomba y, cuando ya está extendiendo la mano y su dedo índice hacia el temido botón rojo con la etiqueta "ojito con la bomba, que explota si tocas aquí", el negociador, con una habilidad felina, consigue alcanzarle y detenerle en su propósito de pulsar el botón.
¿Habría tentativa de homicidio?.
¿Se consideraría en este caso que se ha iniciado la ejecución del delito de homicidio o no?.
Nota. Después se confirma que la bomba era real, y el hombre era ingeniero en física nuclear.
Ahora pensemos que, en vez de detenerlo el negociador, le da un infarto justo en ese momento.
Shakira. Por parte de Félix a Daniela, si se dan por iniciados los actos de ejecución del delito, habría tentativa idónea, no inidónea. Lo que ocurre es que Félix muere, y, en el momento de su muerte, se extingue su responsabilidad criminal (art. 130.1º C.P.). Por contra, si no se dan por iniciados los actos de ejecución del delito, su conducta es impune.
Lo siento, Ana. No quería descentrarte. Yo soy nada al lado de vuestros conocimientos. Lo que pasa es que voy aprendiendo sobre la marcha, y, cuanto más aprendo, más dudo. ¿Es posible?. Je, je.
¿La tentativa no es un intento?. ¿No existe un peligro inmediato para Daniela, aunque ésta no lo sepa, cuando Félix intenta coger el arma para matarla?.
¿No se puede considerar iniciada la ejecución desde el momento en que se intenta coger el arma?. ¡Qué frontera más difusa!.
Estoy deseando que Shakira nos diga la solución que ha dado al caso su profesora. Y si nos aporta jurisprudencia, mejor que mejor.
Un saludo afectuoso.
Muchas gracias a todos y todas, de verdad, no sabeis lo feliz que estoy. Antes no entendía nada, pero poco a poco he ido cogiendo el hilo del asunto y me he quedado impresionada de todo lo que he aprendido.
Ahora mismo me voy que tengo clases de mates, pero luego volveré a entrar y os pondré un par de dudas que sigo teniendo.
La conspiración para matar, por su gravedad, está penada expresamente (art. 141 C.P.) con lo que la conducta de Eloisa no quedaría impune. Por ahí no preocupes ;).
Decide lo que más te convenza, sin preocuparte, el Derecho no es una ciencia exacta, siempre hay oponiones para todos los gustos, fundaméntala y ya está, yo creo que se han dado argumentos para defender todas las posturas.
Tú lo has dicho Pato: intentar. No se ha dado comienzo a la ejecución. Pienso que ésta sólo comienza en el justo momento en que existe ya un peligro para la vida de Daniela. Y , hasta que se apunte ese arma sobre ella, creo que ese peligro no existe.
De acuerdo, Ana. Pero, no forma parte "natural" de los actos ejecutivos del delito de homicidio intentar coger una pistola con la que se tiene previsto matar a la esposa (hecho probado).
Yo no lo tengo claro, sinceramente.
Lo único que puedo decirte es que se da por hecho probado que Félix, en el momento de morir, inclinado sobre el capó, intentaba coger una pistola con la que tenía previsto matar a su esposa. Quizás, la clave está en la palabra "intentaba", la cual denota inicio de la acción.
A ver qué opinan mis estimad@s compañer@s de foro.
Actos preparatorios: Los actos preparatorios son impunes con carácter general. Solo con carácter excepcional se castigan en determinados delitos la conspiración, proposición y provocación para delinquir y además, hay determinados actos preparatorios que se castigan en la Parte Especial como delitos autónomos.
Con esto, como puedo deducir si Eloísa está penada o no?? solo si me decanto porque ella tb es complice ( que Félix haya empezado el delito) ya me tendría que olvidar de la pena que tendría Eloísa por solo ser conspiradora no?
Si Pato, lo he entendido tal y como dices. Así que si una se come a la otra, la pena de complicidad se come a la pena de conspiración, es decir que si se ha empezao la ejecución ( que aún lo tengo en duda) , Eloísa, solo sería penada por complicidad. El gran problema es decantarme por si Félix lo ha empezado o no. Vosotros por qué os guiais más?
Bueno, Anima. Yo creo que con lo que ha dicho Shakira no se deduce que piense que se le castiga por ambas conductas a Eloísa. Simplemente que, en principio hay conspiración y, si se demuestra que se ha dado inicio a la ejecución del delito por parte de Félix, se pasa a la complicidad por parte de Eloísa, quedando subsimida la conspiración en esta última. Supongo que Shaquira lo había entendido así.