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Un banco me demanda y gano. Ahora quiero demandar yo.

2 Comentarios
 
Un banco me demanda y gano. ahora quiero demandar yo.
22/01/2015 04:27
Breve resumen de mi aventura con una conocida entidad bancaria de dudosa reputación:

Tenía una de esas lindas y bonitas tarjetitas Visa Oro que endosaban en los centros comerciales. Solicité pagar el 100% mensual porque no quería pagar intereses usurarios y leoninos del 20 y tanto por ciento, pero nada, los señoritos del banco en cuestión me pasaban recibos sólo con un ridículo porcentaje de lo dispuesto para cargar inetereses. Después de mil intentos para que cargasen el total adeudado de la tarjeta y no un ínfimo porcentaje mensual de lo allí dispuesto, di orden de devolución al banco de los recibos de estos caballeros y empezaron con las cartitas, las llamaditas, los mensajitos y señales de humo no porque vivo lejos de su madriguera, que si no también. No pagué porque no pudiese, sino porque no me dio la real gana que me estafasen en mi cara.

Después de mucho amenazar y mucho enviar cartas y memeces varias, amenazándome con llevarme a juicio y yo animándoles a hacerlo, finalmente me ponen una demanda de juicio monitorio, a la que me opongo en tiempo y forma y se transofrma en juicio verbal de menor cuantía. Me presento a juicio solo, sin abogado (por ser el asunto inferior a 2.000 euros), y de su parte se presentan abogado y procurador. Me explico ampliamente, fundando mi negativa al pago con innumerables documentos; sus representantes legales no saben qué decir, el juez les pilla mintiendo durante el interrogatorio que practico del representante legal del banco, se les queda cara de "¿y ahora qué?", y salgo del juicio como el estudiante que sale de un examen sabiendo que ha aprobado. Me llega la sentencia y resulta que he sacado matrícula de honor: absuelto libremente de las pretensiones instadas en mi contra, y condena en costas del juicio para la actora (oséase, esos galanes), siendo la sentencia firme a partir de su publicación por no caber recurso alguno contra ella (art 455 de la LEC).

Bien, hasta aquí ellos han atacado y yo me he defendido, y por cierto con excelentes resultados. Ahora quiero pasar yo al ataque. Mi pregunta es la siguiente: según la sentencia absolutoria que obra en mi poder, estos personajes me han estado reclamando una deuda falsa durante años, acosándome con cartas, llamadas, amenazas, ridiculeces y sinsentidos varios. Incluso con las palabras "PREJUDICIAL", "RECLAMACIÓN DE DEUDA" y "COBRO DE MOROSOS" en mayúscula y negrita en el exterior de los sobres para que al cartero le quedase bien claro que yo era un maldito moroso empedernido que no pagaba a las pobres almas de caridad, que eran ellos. Esto tendrá un precio, digo yo. ¿Qué éxito puede tener una demanda por daños morales contra estos caballeros, partiendo de la base de la sentencia que me absuelve de sus reclamaciones y adjuntando toda la documentación que prueba su acoso? Tengo todas las cartitas que me mandaron los buitres carroñeros del recobro en su nombre y beneficio a lo largo de seis años, guardadas una encima de la otra. Unas 20, para ser exactos. Más certificado del banco de domiciliación que prueba que cargaban recibos fuera de plazo (y en ocasiones, hasta cuatro en un solo mes) para cargar gastos de reclamación e intereses cuando se los devolvía. ¿Cuánto pueden valer estas molestias?

Visto ahora, creo que debería haber reconvenido en la oposición al monitorio, para matar dos pájaros de un solo tiro. Pero en fin, no reconvine, así que ahora toca demandar.

Otro frente: ¿qué opinará la Agencia Española de Protección de Datos si le hago llegar la sentencia junto con copia de todas las cartitas de reclamación que me mandaron, y que guardo para lo que convenga? Ceder datos a terceros (recobradores y buitres de todas las calañas) para reclamar deudas falsas, discutidas o impugnadas se considera una infracción grave de la LOPD, ¿no es así?
22/01/2015 04:32
¡Vaya hombre! Me he equivocado de foro. Quería publicar el mensaje en Derecho Mercantil y se me ha colado en familia. ¿Puede algún administrador moverlo al hilo correcto, por favor?
22/01/2015 16:48
Por desgracia no ha legislación en nuestro país que regule las empresas de recobro.
¿Daños morales?, si puedes demostrarlos.
¿Ceder datos a terceros?, pues sí pueden hacerlo así que por ahí no puedes rascar.

Enhorabuena por tu sentencia favorable.