Hola, la duda es si un Ayuntamiento, tras descubrir un vicio de obra oculto (tres canalizaciones de humo y ventilación no atraviesan la cubierta y mueren en el camarote) puede exigir después de 22 años de otorgar el permiso de habitabilidad que dichas canalizaciones lleguen al tejado con objeto de que cumplan con su función (ventilar).
¿habitabilidad después de 22 años? Este asunto no es sencillo. Vamos a ver: ¿a qué obecede solicitar la habitabilidad ahora, quizá por una transmisión? ¿O se trata de una actividad o negocio?
Perdona, creo que no me he explicado bien.
El edificio tiene permiso de habitabilidad, pero recientemente, y tras 22 años de vivir en el se descubre un vicio de obra oculto (tres canalizaciones de ventilación de baños no llegan a la cumbrera, muriendo en el camarote). Yo exijo a la comunidad que esos tubos lleguen a donde debían (al exterior del tejado) pero no me hacen ni caso. He denunciado la situación en el Ayuntamiento (un pequeño municipio de 900 habitantes) y me dicen que el Ayuntamiento no tiene potestad para exigir que eso quede en condiciones, y yo pregunto: ¿No debería el Ayuntamiento exigir que los tubos de ventilación estén como siempre debieron estar, es decir, teniendo salida al exterior?. sino, ¿Cómo acometerían con el fin para el que han sido instalados?.
Estimado artie: El ayuntamiento no entrará en vicios ocultos, y ello debido a que ya en su momento otorgarían las licencias que entonces procedieran. A menos que exista alguna novedad en el edificio, por ejemplo, instalar una actividad nueva que requiera salida de humos, no lo volverán a evaluar. Se inhibirán, y lo considerarán un problema de derecho privado.